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Hasta 2.500€

Al menos 12 comunidades de vecinos ya han pedido la ayuda para prohibir pisos turísticos en Barcelona

CÓMO PEDIR LA AYUDA | Subvención para prohibir pisos turísticos en tu comunidad: Así puedes recibirla en Barcelona

Una mujer limpia un portal en el que se lee una pintada que denuncia un piso turístico que hay en la finca, en Barcelona.

Una mujer limpia un portal en el que se lee una pintada que denuncia un piso turístico que hay en la finca, en Barcelona. / Ferran Nadeu / EPC

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Barcelona
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Al menos 12 comunidades de propietarios ya han solicitado la ayuda económica que concede el Ayuntamiento de Barcelona para prohibir o limitar la existencia de pisos turísticos en los edificios de viviendas. Es la cifra registrada durante el primer mes desde que las ayudas están en vigor, según datos confirmados a la ACN por parte del consistorio. Las subvenciones, que cubren el 50% de los gastos de gestión, se enmarcan en el convenio de colaboración firmado a tres bandas con el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida y la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona. La asesora jurídica de la Cámara de Propiedad, Rosa Mari Peris recomienda incluir la prohibición en los estatutos de las comunidades para evitar molestias futuras. “Más vale prevenir que curar”, afirma.

La línea de ayudas económicas se puso en marcha el 27 de febrero y el plazo para solicitar la subvención es de seis meses. Así, hasta finales de verano y mientras no se agote el presupuesto, podrán sumarse más comunidades. “Es una cifra provisional a la espera de que venzan los seis meses”, indican fuentes municipales.

La subvención cubre el 50% de los gastos con un máximo de 1.500 euros en caso de modificación de estatutos y 2.500 euros en caso de creación de nuevos. Los destinatarios son comunidades de propietarios en Barcelona en régimen de propiedad horizontal.

Cómo se prohíbe

La abogada Rosa Mari Peris señala que el primer paso es que la comunidad tenga claro qué quiere prohibir y plasmarlo en los estatutos. Se debe convocar una junta e incluir en el orden del día la modificación para prohibir actividades turísticas o económicas que vulneren derechos de la comunidad.

Para modificar los estatutos se requiere un quórum de 4/5 partes (80%) de propietarios y cuotas de participación.

Tras la reunión, el administrador debe enviar el acta por un medio “fehaciente” (burofax o correo certificado). Los propietarios ausentes tienen 30 días para responder; si no lo hacen, sus votos se suman (“acuerdo diferido”).

Un punto clave es la inscripción en el registro de la propiedad, que da validez frente a futuros propietarios. Sin ello, solo afecta a quienes aprobaron el acuerdo.

"Más vale prevenir que curar"

Las comunidades pueden prohibir nuevos pisos turísticos, pero no los existentes. “No tienen efectos retroactivos”, por lo que no se puede impedir una actividad ya autorizada. La norma actúa a futuro.

A pesar del plan del gobierno de Jaume Collboni de eliminar unas 10.000 licencias en 2028, se recomienda igualmente que las comunidades se organicen para prohibirlos.

“Más vale prevenir que curar”, insiste Peris, destacando que muchas comunidades aún no conocen la ayuda o no han tenido todavía el problema de convivir con pisos turísticos. Y es que muchas comunidades no son conscientes de las molestias de estos pisos, con el constante trasiego de personas, ruidos o timbres.

El caso del Bloc Tarragona muestra el impacto: los vecinos sufren constantemente ruidos, fiestas e incidentes frecuentes. Los afectados hablan de turistas borrachos de madrugada, suciedad y molestias en las zonas comunes. “Es interminable lo que sufrimos", declaró uno de los vecinos a este diario.