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Resolución no firme

La Justicia avala la reserva del 40% de plazas para mujeres en Bombers que impulsó la Generalitat para feminizar el cuerpo

Una sentencia del TSJC estima que la medida está justificada, tiene cobertura legal y encaje constitucional

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En parque de Bombers de Lloret de Mar

En parque de Bombers de Lloret de Mar / Zowy Voeten / EPC

Clàudia Mas

Clàudia Mas

Barcelona
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha avalado en una nueva sentencia la reserva del 40% de plazas para mujeres en las oposiciones de Bombers de la Generalitat, una de las decisiones más controvertidas impulsadas por el Departament d’Interior para feminizar un cuerpo históricamente masculinizado. Los jueces consideran que la medida está justificada, tiene cobertura legal y supera el filtro constitucional.

La resolución, a la que ha accedido por EL PERIÓDICO, responde al recurso presentado por tres particulares que impugnaron la convocatoria de 2023 a plazas de Bombers, la primera que incorporó esta reserva. Los recurrentes —un bombero voluntario que lleva cuatro suspensos desde 2021, un bombero de Barcelona cuyo hermano también ha intentado acceder al cuerpo sin éxito y otro aspirante que suspendió en 2024 y 2025— pedían anular la convocatoria o, como mínimo, frenar la aplicación de la cuota femenina. También solicitaron medidas cautelares, que fueron rechazadas.

La convocatoria en cuestión (Resolución INT/154/2023) ofertaba 240 plazas de bombero de primera e introducía por primera vez un 40% reservado a mujeres, una proporción que Interior ya ha anunciado que mantendrá, como mínimo, hasta 2030. El objetivo, explicó Interior, era corregir una anomalía estructural. A 1 de enero de 2023, el cuerpo contaba con 2.640 efectivos, de los cuales solo 72 eran mujeres: apenas un 2,73%. Las mujeres de la nueva promoción se incorporaron al cuerpo en otoño y han permitido duplicar el número total de bomberas, marcando un punto de inflexión histórico en el cuerpo.

Tres razones para el aval judicial

El TSJC asume el argumento central de la Generalitat: la infrarrepresentación femenina en Bombers no es coyuntural, sino “manifiesta y sistémica”, y justifica la adopción de una acción positiva excepcional, amparada por el artículo 9.2 de la Constitución, que obliga a los poderes públicos a promover la igualdad real. Eso sí, siempre dentro de los límites del artículo 14, que prohíbe la discriminación. Para el tribunal, ese equilibrio se cumple. Y lo explica con tres argumentos.

El primero, la base legal. Los magistrados subrayan que la reserva no es una ocurrencia aplicada de forma improvisada en una convocatoria concreta, sino que está prevista en una norma con rango de ley, la cual permite fijar cuotas dentro de una horquilla. En la convocatoria de 2023 se optó por el máximo permitido.

El segundo argumento pasa por la temporalidad. El tribunal recuerda que estas medidas no pueden ser indefinidas: se justifican mientras persista la desigualdad que pretenden corregir. Con menos de un 3% de mujeres en el cuerpo, la desigualdad era “clara”, a ojos del TSC, y objetivable en el momento de aprobar la convocatoria.

Por último, los jueces hacen referencia a la proporcionalidad. La reserva, señala la sentencia, no funciona como un “atajo” ni garantiza plazas de forma automática. Las aspirantes deben superar las mismas pruebas y acreditar los mismos méritos que los hombres. La diferencia es que el sistema incorpora un mecanismo técnico —el llamado “diferencial negativo de puntuación”— para evitar desequilibrios excesivos entre el turno reservado y el general. No hay, insiste la Sala, dos sistemas de selección paralelos. Aun así, cabe recordar que este pasado verano, coincidiendo con las prueba teórica de las oposiciones a partir de un grupo de Telegram, múltiples bomberos y aspirantes convocaron una protesta en contra de la reserva de plazas aunque con menos asistencia de la que preveían a un inicio.

El debate físico

El núcleo más sensible del recurso que ahora se resuelve se centra en las pruebas físicas. Los demandantes cuestionaban especialmente dos ejercicios: la 'course navette' y el arrastre de maniquí. En el primer caso, denunciaban que la exigencia para las mujeres se había rebajado respecto a convocatorias anteriores; en el segundo, sostenían que el diseño favorecía mejores marcas femeninas.

El tribunal entra en este terreno y recoge que, durante el proceso judicial, se aportaron estudios científicos que acreditan diferencias fisiológicas medias entre hombres y mujeres en fuerza dinámica, estática y de prensión manual. Con esa base, la sentencia respalda la existencia de baremos diferenciados como una forma de garantizar la igualdad real en pruebas físicas, algo que no es nuevo: desde 1994, las oposiciones de Bombers incluyen los mismos ejercicios para ambos sexos, pero con marcas distintas.

La conclusión es que no hay ningún elemento que permita afirmar que las exigencias físicas impuestas a las aspirantes en la convocatoria 81/23 sean incompatibles con el trabajo real de bombero ni que dificulten el ejercicio de sus funciones. Dicho de otro modo, el tribunal no aprecia que la seguridad o la operatividad del cuerpo estén en riesgo, como algunos bomberos hombres contrarios a la reserva femenina alegan.

La Sala añade, además, una observación significativa: apunta a la posible concurrencia de “intereses” personales de los recurrentes vinculados a su voluntad de acceder al cuerpo, un matiz que aporta un contexto al conflicto que va más allá del debate jurídico. La reserva del 40% fue impulsada en 2022 bajo el mandato del entonces 'conseller' Joan Ignasi Elena, ya que desde Interior se estimó por entonces que, sin políticas activas de equidad, no sería hasta el año 2144 cuando se hubiera podido alcanzar una paridad real en los cuerpos de emergencia.

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