Obras obligatorias
CLAVES | Siete mejoras de seguridad que traerá la nueva normativa de ascensores
Tres de cada cuatro ascensores deberán reformarse en Catalunya en los próximos años
¿Cuándo tendré que reformar el ascensor? Plazos, trámites y motivos de una puesta al día obligatoria
Jordi Ribalaygue
Jordi RibalayguePeriodista
Periodista especializado en información local de Barcelona y el área metropolitana. Ha trabajado en El Mundo, EFE, Público, Ara, Tot Barcelona y medios locales de Sant Adrià de Besòs y Badalona. Ha colaborado en la redacción del libro 'Objectiu Venus', sobre el barrio de La Mina.
Meritxell M. Pauné
Meritxell M. PaunéPeriodista y jefa de 'Gran Barcelona'
Periodista especializada en información local de Barcelona y Catalunya. Responsable de la sección 'Gran Barcelona' desde septiembre de 2022. Antes, en los diarios TOT Barcelona y La Vanguardia, entre otros. Profesora de Periodismo digital en la UIC tres cursos y puntualmente del máster del Observatori de la Cobertura de Conflictes. Colaboradora en prensa vecinal ('Carrer', 'Cap a peus') tertulias de televisión y radio (betevé, Catalunya Ràdio, Ràdio Estel...), libros de historia local ('Retrats per la memòria', 'Objetivo Venus', 'Josep Maria Huertas Claveria i els barris de Barcelona') e investigaciones académicas (Observatori de la Cobertura de Conflictes, Periodismo UAB).
La nueva normativa estatal sobre ascensores, que ha entrado en vigor el 1 de julio, forzará a actualizar tres de cada cuatro ascensores en Catalunya en los próximos años. Una previsión de obras obligatorias que suscita muchas preguntas, a las que EL PERIÓDICO ha tratado de dar respuesta en esta guía práctica.
Hay en total unos 202.000 elevadores instalados en Catalunya. Según el estado de cada uno, puede bastar con colocar alguna pieza puntual o puede que adaptarse al real decreto exija obras que se alarguen durante semanas. Por ello, la intervención puede costar desde 500 euros hasta 40.000 euros, estiman los especialistas.
La razón tras las exigencias de prestaciones y ajustes es mejorar la seguridad de estos aparatos, tanto los que hay en bloques de pisos –la mayoría– como los situados en edificios de oficinas, recintos privados o equipamientos públicos. Los nuevos modelos ofrecen muchas más garantías y había un cierto riesgo de dualidad entre los más modernos y aquellos instalados hace más de 10 años poco puestos al día.
Estas son las mejoras que incorporarán los ascensores tras adaptarse a la normativa.
La normativa enumera siete “medidas mínimas de seguridad” que cada ascensor deberá cumplir como muy tarde en 10 años tras la inspección ordinaria periódica que detecte carencias a subsanar, según puede consultarse en el BOE. Por ejemplo, será exigible una precisión de parada que deje el aparato con exactitud a la altura del rellano para evitar tropiezos y caídas.
También se exigen mecanismos de detección de personas para que las puertas de accionamiento automático no las golpeen al entrar o salir. Es decir, evitar cierres repentinos que puedan entrañar algún peligro, como caídas de ancianos y niños por pérdida de estabilidad. El dispositivo de protección debe “cubrir la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1.600 mm sobre la pisadera de cabina”, reza el decreto, siempre y cuando “no implique la sustitución de las puertas existentes y su implementación sea económicamente favorable”.
La nueva norma también pide protecciones frente a movimientos incontrolados de la cabina, tanto ascendentes como en reposo y con las puertas abiertas. Debe incorporarse en todos los elevadores cuando cambien su sistema de tracción.
Este es uno de los cambios que será más visible para el usuario. Deberá garantizarse una línea de comunicación bidireccional en la cabina para el rescate de personas atrapadas por parada del elevador, es decir, que puedan pedir auxilio y recibir consejos por teléfono por ejemplo sin tener que gritar socorro. Además, debe ser accesible a personas con discapacidad física. Ello comportará en la mayoría de casos un pequeño gasto añadido para la escalera de vecinos o propietario del inmueble, al hacerse cargo de una línea telefónica comunitaria.
En cambio, la mejora más costosa prácticamente no se verá a simple vista. Se trata de sustituir en todos los ascensores –solo se libran los catalogados como patrimonio histórico– las guías de cabina o contrapeso cilíndricas huecas, de raíl o de madera.
La regulación también obligará a tener algún tipo de dispositivo que impida sobrecargar de peso la cabina, “siempre que sea técnicamente viable y no implique la sustitución del cuadro de maniobra”, dice el BOE. Los catalogados que usen guías antiguas, para compensar que no las modernizarán, “deberán reducir al 50% su carga”.
Otra obligación de los no patrimoniales será reforzar las garantías del contrapeso. Tanto estos elementos como su sistema de guiado deberán poderse inspeccionar en todo el hueco del ascensor, incluso si están ubicados en un hueco paralelo al de la cabina.
Además de las siete novedades, el real decreto recuerda que siguen siendo obligatorias las medidas de seguridad ya dictadas en anteriores legislaciones, que algunos aparatos podrían tener pendientes. Por ejemplo, debe haber en el foso un interruptor de parada, un interruptor de iluminación del hueco y una toma de corriente, para la seguridad del personal de mantenimiento. La cabina tiene que estar dotada de luz y alarma de emergencia y los frenos, libres de amianto, entre otras muchas medidas.
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