Reclamación rechazada

La Junta Electoral desestima los recursos de los Comuns y Vox al resultado de las municipales en Barcelona

Colau presenta un recurso contra los resultados del 28-M porque ve "errores"

Los Comuns y Vox piden a la Junta Electoral que revise los 6.400 votos nulos de Barcelona

Papeleta de VOX

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Toni Sust

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La Junta Electoral de Zona ha desestimado el recurso presentado por Barcelona en Comú ante el recuento efectuado el pasado viernes. Los Comuns pidieron la revisión de dos mesas de las que reclamaban 150 votos -en un colegio de Ciutat Vella- y 40 votos -en Horta-, así como la de los 6.400 votos nulos registrados en las municipales en Barcelona. También ha sido desestimado el recurso que presentó Vox, este centrado solo en la revisión del voto nulo.

La decisión de la Junta Electoral de Zona llega cuatro días después de que esta procediera a hacer el recuento de los resultados, un proceso en el que se descartó, como anunció el presidente del órgano, el juez Joan Marsal, revisar el voto nulo que no hubiera sido impugnado durante la jornada electoral. En el recuento, los Comuns no lograron recortar los 141 votos que le separaban del PSC y que le hubieran podido dar el décimo concejal, dejando a los socialistas con nueve. Al final, el recuento incrementó la ventaja a favor del PSC, que quedó 342 vots por delante de los de Ada Colau.

Posible nuevo recurso

Ante la decisión, Barcelona en Comú y Vox pueden presentar otro recurso ante la Junta Electoral Central. Si lo hicieran y también fuera desestimado, les quedaría la vía judicial. De optar por esa vía, la investidura del próximo alcalde de Barcelona se retrasaría del 17 de junio al 7 de julio.

La Junta Electoral de Zona contesta a la petición de Vox y los Comuns de una revisión de todo el voto nulo con el argumento de que esa medida no está prevista: “El artículo 106.1 de la LOREG establece que durante el escrutinio la Junta no puede anular ningún acta ni voto. Sus atribuciones se limitan a verificar sin discusión alguna el recuento y la suma de los votos admitidos en las correspondientes Mesas según las actas o las copias de las actas de las Mesas, pudiendo tan solo subsanar los meros errores materiales o de hecho y los aritméticos, salvo cuando hubiera actas dobles y diferentes o cuando los votos que consten en el acta excedan de los electores de la mesa”, reza el texto.

La resolución también precisa lo que ya anunció el juez Marsal, que solo se revisan los votos nulos si existe una reclamación durante el proceso de votación: “En relación con los votos nulos y los en blanco, el criterio de la Junta ha sido siempre que se debe comprobar si la suma de los mismos junto con los votos válidamente emitidos se correspondía con el número de personas que según el acta ha votado”.

Lo que dice la LOREG

Es decir, se hace una comprobación aritmética, pero no de contenido, con una excepción: “Los sobres con los votos nulos y en blanco (…) solo deberían abrirse para examinar su contenido en el caso que en el acta del sobre 1 se hiciera alguna observación sobre los mismos, o se hubiera hecho constar alguna reclamación, de conformidad con lo previsto en el art. 98.3 de la LOREG”.

Vox basó su recurso en el hecho de que presentó dos papeletas a las municipales, una con las siglas dentro de un recuadro y otra sin, y en la sospecja de que algunas fueron considerado nulas por esa diferencia, cuando la Junta Electoral de Zona consideró antes de las elecciones que las dos eran perfectamente legales. Vox hizo imprimir papeletas con y sin recuadro. Para el voto por correo, usó las papeletas con recuadro. Para colocarlas en los colegios, sin recuadro. En algunas mesas, se aceptaron como válidos tanto uno como el otro formato. En otras, nadie apreció la diferencia. En algunas, apoderados de otros partidos alertaron del matiz y se dieron por nulos los que llevaban recuadro.

La Junta también rechaza la petición de Barcelona en Comú de computarle 150 votos de una mesa de Ciutat Vella y 40 de una de Horta. Los Comuns lo pedían porque el acta de uno de sus apoderados reflejaba esos apoyos, pero la resolución indica que prima el acta manuscrita original. En todo caso, esos 190 votos no le hubieran servido para revertir la situación. Le hubieran faltado otros 152 votos, que quizá fiaban a la revisión del voto nulo.

En cuanto a la reclamación de Vox, que estaba a 1.500 votos de arrebatarle un concejal al PSC y lograr así el tercero, de prosperar hubiera dejado a los Comuns y los socialistas en un empate a nueve. Y hubieran impedido que los de Jaume Collboni y los de Xavier Trias sumasen 21 ediles, la mayoría absoluta. Es uno de los pactos potenciales, a falta de conocerse si Trias opta por empezar la andadura de su gobierno en solitario, con los 11 concejales de su candidatura, o busca alianzas ya ahora y no espera a que pasen las generales para hacerlo.

Reclamación del PSC

La Junta Electoral de Zona sí da la razón al PSC, que presentó una reclamación simple porque tras detectarse errores que perjudicaban a los socialistas en dos mesas solo se subsanaron los de una. El texto de la Junta Electoral de Zona indica que se procederá a hacerlo con la otra.