AUDIENCIA DE BARCELONA

Seis meses de prisión para un conductor de autobús de Barcelona por un ataque racista

El conductor del vehículo le dijo a una mujer de origen magrebí le gritó “puta”, “zorra”, “putos moros” y “vete a tu país”.

El conductor de autobuses de Barcelona condenado en el banquillo de los acusados.

El conductor de autobuses de Barcelona condenado en el banquillo de los acusados. / J. G. Albalat

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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"Me dijo que me fuera a mi país, me tiró del velo y me llamó puta y zorra", aseguró en el juicio la mujer magrebí que viaja con sus tres hijos menores de edad en un autobús de Barcelona y que fue víctima del ataque racista por parte del conductor. La Audiencia de Barcelona ha condenado a dicho autobusero. D. S. F. a seis meses de prisión y multa de 1.800 euros por un delito de odio. El incidente ocurrió el 29 de mayo del 2020, en plena pandemia del coronavirus. Los jueces sostienen que el imputado "lanzó" a la víctima "un mensaje de intolerancia, de intransigencia y de violencia verbal, con clara conciencia y voluntad de atentar contra su persona".

La sentencia de la Sección Tercera declara probado que hacia las 18 horas de ese día, la mujer, H.B. E. A., subió con sus hijos en un vehículo de la línea V19 en la calle Santuari. La tarjeta de una de sus hijas no funcionaba y se dirigió al conductor, el acusado D. S. F.. Este no le hizo ninguna indicación, "aunque sí aprovechó para hacer alusiones a su origen étnico, ya que presentaba una indumentaria propia de la cultura magrebí, incluyendo un velo cubriendo el pelo", a la vez decía en voz alta frases como "venís aquí a vivir del cuento", detallan los magistrados.

Después, mientras la mujer y sus hijos viajaban sentados en el autobús, el acusado siguió haciendo comentarios sobre su origen étnico. Tras varias paradas, se dirigió a ella para decirle que debía abandonar el vehículo, "lo cual fue celebrado por algunos de los pasajeros que allí viajaban", argumenta la resolución. Ante esta situación, la afectada abandonó el vehículo y, ya en tierra, se dispuso a hacer una fotografía de la matrícula del autobús con su teléfono móvil.

El conductor, tras circular unos metros, detuvo el autobús de forma brusca, se apeó. "Muy alternado", empezó a gritar y a proferir expresiones insultantes hacia la mujer, como "puta”, “zorra”, “putos moros” o “vete a tu país”. Al mismo tiempo, hacía ademán de querer quitarle el velo de la cabeza y también de hacerle una fotografía con el móvil. Sus tres hijos reaccionaron poniéndose a su lado para protegerla, de manera que el acusado, "a causa de la ira que le dominaba", les cogió de los brazos para apartarlos y a una menor le tiró del pelo, detalla la sentencia. Al final, el autobusero, tras la reacción recriminatoria de los transeúntes que por allí pasaban, volvió a acceder al vehículo y se marchó del lugar conduciéndolo el vehículo. Las menores sufrieron algunas lesiones.

Expresiones reiteradas y violentas

Los jueces sostienen que "la acción, las expresiones pronunciadas, con reiteración y con la forma violenta empleada tienen sobrada capacidad para lesionar la dignidad de la persona a la cual se dirigen". Su "patente carácter despectivo y la invitación a irse del país solamente pueden explicarse desde la negación del derecho al desarrollo de la libre personalidad, desde la negación de la persona y de la condición de ciudadano, desde una actitud de intolerancia excluyente", subrayan.

A su entender, esa "capacidad se ha visto, en este caso, materializada en la afectación sufrida por la denunciante de los hechos, una afectación que es manifestada con claridad en su declaración y que se extiende también a sus hijos". La sentencia precisa que "en cualquier caso, la generalidad de las personas se sentiría afectada en su dignidad si se recibe con reiteración el mensaje de que, por ser moro tienes que abandonar el país".

El tribunal considera que también concurren motivos de discriminación por razón de pertenencia a una raza o etnia. Por ello, alega que la expresión “moro” tiene "un significado muy claro en España y todos lo conocemos". Esa palabra, señala, "tiene incorporada (connotación) la valoración de considerar a los magrebíes como personas inferiores, por razones culturales e históricas, así como un claro menosprecio y descrédito" hacia ellos. Reconoce que es vocablo se puede pronunciar sin tal connotación, "pero dicho uso requiere una matización especial que no se percibe en las palabras del acusado". "No estamos ante una simple discusión", sino ante una conducta "reprochable por afectar a la dignidad de una persona; y, sobre todo, no se trata de simples insultos", concluye.