Barcelona

Condenado a 6 años de cárcel por explotar a trabajadoras de limpieza inmigrantes

Traía a las mujeres, en situación de precariedad económica, de Honduras y Nicaragua

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.

Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. / DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS - Archivo

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a 6 años y tres meses de cárcel a A.S.L. por explotar laboralmente a trabajadoras de limpieza inmigrantes procedentes de América Latina en 2019, a las que previamente había ayudado a entrar en España de forma irregular.

Según la sentencia dictada por la sección quinta a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal también ha condenado a A.S.L. a pagar dos multas que suman un total de 4.320 euros, tras ser condenado por dos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y uno continuado contra los derechos de los trabajadores.

El tribunal también ha condenado a N.Y.C, pareja del principal condenado, a un año y medio de cárcel a raíz de los mismos hechos, por dos delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Sin embargo, A.S.L. y N.Y.C. han quedado absueltos de las acusaciones de trata de seres humanos y de grupo criminal destinado a cometer delitos contra los derechos de los trabajadores.

La sentencia, que no es firme y contra la que la defensa ejercida por la abogada Lorena Ballesteros ya ha presentado recurso de apelación frente al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), les impone también la obligación de indemnizar a dos perjudicadas con 10.000 euros a cada una.

Según consta probado en la sentencia, ambos se dedicaban a traer a mujeres originarias de Honduras, país de origen de la condenada N.Y.C., y de Nicaragua, en situación de precariedad económica, con las que contactaban a través de amigos y familiares que conocía la acusada, a las que ponían a trabajar de limpiadoras.

Los dos condenados, destaca el texto, se hacían cargo del coste del viaje, y las perjudicadas contraían una deuda con el acusado de más de 4.000 euros, que debían pagar en el plazo de un año. Una vez en España, vivían en un piso de Barcelona propiedad de N.Y.C., puesto que les arrendaban una habitación compartida con otras mujeres por un coste de entre 160 y 170 euros, que deducían de sus ingresos. "Al no disponer de permiso de residencia ni de trabajo, las mujeres aceptaban el trabajo que A.S.L. les ofrecía y el precio por hora que este fijaba, muy inferior al que cobraba al cliente", recoge la sentencia.

Los dos acusados "obtenían pingües beneficios tanto de las horas trabajadas por las migrantes como del dinero prestado a las mismas para costear el viaje", añade. La sentencia también destaca que lo que cobraban los dos condenados en concepto de viajes a las perjudicadas era superior al precio real del billete, cuantía a la que añadían un 10 % de intereses habitualmente.

El tribunal considera probado que incluso "hicieron suyo algún terreno en Honduras obtenido en aquellos casos en que la trabajadora no había podido abonar la deuda contraída", puesto que, si no la saldaban, corrían el riesgo de perder algún bien inmueble en su país de origen que habían dejado a modo de prenda. Sobre estos hechos, la sentencia recoge que A.S.L. llegó a amenazar a una de las víctimas, a la que "le recordaba reiteradamente que perdería el terreno en su país si no devolvía la deuda en el plazo fijado".

Por su parte, fuentes cercanas a A.S.L. y N.Y.C. han mostrado a EFE su disconformidad con la sentencia, al cuestionar algunas de las investigaciones policiales previas a la apertura de juicio oral, como las escuchas telefónicas, y han mantenido su versión, en la que niegan que sometieran a ningún tipo de explotación laboral a las perjudicadas.

La defensa de los dos acusados, representada por la letrada Lorena Ballesteros, solicitó en las cuestiones previas del juicio la nulidad de estas escuchas, aunque el tribunal las terminó rechazando, según consta en la sentencia. La versión de los acusados sostiene que las mujeres eran amigas o conocidas de N.Y.C., que le habían pedido ayuda, y que ellos respondieron facilitándoles la llegada a España y acogiéndolas, bien en su casa o bien en un piso de Barcelona.

La posición de la defensa sostiene, según consta en la sentencia, que "su ayuda era desinteresada y ellas entraban y salían libremente de dichos domicilios, tenían sus teléfonos móviles e incluso encontraron otros trabajos y se marcharon".