Seguridad vial en Barcelona

Patinetes en Barcelona: Estas son las denuncias más habituales y cómo evitarlas

Llevar auriculares o saltarse los semáforos, dos de las irregularidades más habituales

Barcelona fue pionera en 2017 con la primera normativa municipal para vehículos de movilidad personal

Un usuario del patinete eléctrico circula ante un guardia urbano, en Barcelona.

Un usuario del patinete eléctrico circula ante un guardia urbano, en Barcelona. / JORDI COTRINA

Carlos Márquez Daniel

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Guardia Urbana de Barcelona tiene en marcha la sexta campaña del año de control de vehículos de movilidad personal. Hasta el mes de octubre de 2021, en la capital catalana han muerto dos personas que conducían un patinete eléctrico, y hasta septiembre, el número de VMP implicados en siniestros de tráfico es de 540, un 54% más que en el mismo periodo de 2020 y un 10% más que en todo 2019.

Hasta septiembre, además, se han interpuesto 14.200 denuncias a usuarios particulares que circulaban incumpliendo la normativa municipal. Y otras 3.712 a VMP vinculados a actividades económicas. La suma de ambos da como resultado que a diario se multa a 66 usuarios de vehículos de movilidad personal. Estas son las denuncias más habituales:

  • Circulación de riesgo: 7.861
  • Circular por donde no corresponde: 5.344
  • Elementos de seguridad: 939
  • Estacionamiento: 23
  • Exceso de velocidad: 33

Las dos primeras categorías se llevan la palma y hacen referencia a todos los patinetes que o bien circulaban por la acera o bien transitaban de manera temeraria, lo que incluye, por ejemplo, saltarse semáforos o llevar auriculares. En cuanto a las sanciones a VMP vinculados a negocios, la multa más habitual (2.771 sanciones) tiene que ver con el incumplimiento de los requisitos mínimos (salir de las zonas permitidas en Ciutat Vella).

Normativa propia

El Ayuntamiento de Barcelona fue pionero en 2017 con la primera regulación municipal de todo el Estado vinculada a los VMP. El reglamento se incluyó en la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos, uno de los textos más reinventados de toda la paleta legal consistorial. Como recordatorio ahí van cuatro pinceladas del texto que permitirán evitar formar parte de la estadística de sanciones. La normativa es más extensa, pero si se cumple con estos requisitos, raro será que terminemos con un recado de la Urbana.

Se puede circular por las siguientes vías:

  • Calles de plataforma única
  • Carriles bici en acera (límite de 10 km/h)
  • Carriles bici en calzada (límite de 25 km/h)
  • Calzada de calles de zona 30 (sin superar los 25 km/h)
  • Parques (límite de 10 km/h)

No se puede circular por las siguientes vías:

  • Calles de la red básica de la ciudad
  • Aceras ni zonas peatonales
  • Calles de plataforma única que veten expresamente los VMP
  • Travesías, túneles urbanos, vías interurbanas, autopistas o autovías que atraviesen la ciudad

Lo que todavía no se ha aprobado, porque hay que discutirlo política y socialmente, es la obligatoriedad del uso del casco. El consistorio lo ve con buenos ojos solo para los VMP, en ningún caso, por ahora, para las bicicletas. También está en el limbo el asunto del seguro obligatorio, que parece no contar con el mismo consenso que el casco.

Suscríbete para seguir leyendo