DERECHO A LA VIVIENDA
Colau incoa 16 multas que suman casi 100.000 euros por anuncios de pisos fuera de la ley
Las sanciones son dobles, ya que van dirigidas, por cada anuncio, tanto al portal (Idealista es la plataforma que suma más denuncias), como al administrador (inmobiliarias como Engel&Volkers, Don Piso o Núñez y Navarro).
El consistorio ha iniciado, además, por primera vez, un expediente contra un propietario por alquilar un piso demasiado caro, infracción considerada grave y penalizada entre 9.000 y 90.000 euros.
El Ayuntamiento de Barcelona ha hecho público este lunes la incoación de 16 expedientes sancionadores dobles -al portal y a la propiedad- que suman un importe de 96.000 euros por anuncios inmobiliarios que incumplen la ley catalana de regulación de precios de alquiler, y el inicio de un expediente por un contrato por encima del precio permitido por la misma norma. Lo ha hecho el mismo día en que el Sindicat de Llogateres ha convocado una rueda de prensa frente al Col·legi d’Agents de la Propietat Immobiliària de Catalunya para denunciar el frecuente incumplimiento de la normativa catalana, que establece la obligatoriedad de hacer constar el índice de referencia de precios de alquiler y el precio del contrato anterior en toda publicidad inmobiliaria.
Según ha anunciado la concejala de Vivienda, Lucía Martín este lunes, en los los últimos meses, la Unidad de Disciplina y Antiacoso del Instituto Municipal de la Vivienda (IMHAB), de estos 16 anuncios fuera de la ley detectados por el consistorio, 10 eran del portal Idealista, cinco de Fotocasa y el último de Habitaclia. A su vez, por cada uno de estos 16 anuncios se han iniciado los pertinentes expedientes sancionadores a las empresas inmobiliarias administradoras, entre la que figuran Engel&Volkers, Don Piso o Núñez y Navarro.
"Que se cumpla la ley"
La concejala de Vivienda, Lucía Martín, ha subrayado que la estrategia municipal, "lejos de ser captatoria, persigue el cumplimiento de la ley y evitar que se firmen contrato de alquiler con rendas superiores a las que marca la norma". Algo, que se cumpla la ley, que por el momento no está sucediendo, según denuncia el Sindicat de Llogateres, que explica que gracias a la campaña de denuncia impulsada por el sindicato han reunido en poco tiempo más de 200 casos de particulares a arrendadores y anunciantes de pisos que publicaban anuncios que incumplían con la regulación.
El mismo día que el consistorio presentaba las multas, los activistas por el derecho a la vivienda, que calificaron las 16 sanciones de "insuficientes", entregaban una carta abierta a los 'apis' en la que constatan "el incumplimiento diario de la ley". "No se trata de casos excepcionales, sino de una voluntad extendida de no cumplir con la legalidad vigente de protección de los derechos de los inquilinos", señalan desde el sindicato en la carta abierta.
Otros incumplimientos
El portavoz del Sindicat de Llogateres, Jaime Palomera, apunta también que otro incumplimiento habitual es que muchos portales interpretan que si no se ha firmado un contrato de alquiler en los últimos cinco años sobre esa vivienda la ley no aplica, "cuando la ley se tiene que cumplir si sobre esa vivienda hubo un alquiler vigente en los últimos cinco años, no si la firma se produjo en ese momento", destaca Palomera. El portavoz denuncia también la existencia de contratos con una cláusula de doble precio, el actual, aplicando el índice y otro, evidentemente superior, en el supuesto de que la ley cayera, vistos los antecedentes de lo que ha sucedido en los tribunales con anteriores leyes catalanas.
La ley 11/2020, la norma catalana que regula los incrementos de los precios de alquileres, establece que en las zonas declaradas áreas de mercado tensionado el importe del alquiler no puede diferir más de un 5% del precio señalado en el índice de precio de referencia que corresponde, ni tampoco puede sobrepasar el precio consignado en el último contrato de alquiler. Por ese motivo la ley catalana obliga a que en toda la publicidad figuren estos datos de referencia, para evitar que se acaben alquilando pisos por encima del precio que marca la norma. Asimismo, dicha norma establece que el incumplimiento de ofrecer esta información es considerado una infracción leve, con una sanción mínima de 3.000 euros. Si el incremento del precio es superior a un 20% es considerado una infracción grave y la sanción mínima es de 9.000 euros.
La Generalitat ya inició 30 expedientes por contratos fraudulentos
La Generalitat de Catalunya explicó también hace unos días que ha iniciado procedimientos sancionadores contra cinco portales inmobiliarios (Fotocasa.es, Habitaclia.com, Idealista.com, Pisos.com i Yaencontré.com), y, a finales de abril, la Agència Catalana de l’Habitatge explicó también que había iniciado los trámites de <strong>30 procedimientos sancionadores </strong>por contratos que incumplían la ley. Estas multas pueden llegar hasta los 90.000 euros, además de tener que devolver el dinero indebidamente cobrado con un 6% de interés.
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