Pagos en entredicho
El Tribunal de Cuentas detecta gastos electorales no declarados de la coalición de Manuel Valls
BCN pel Canvi impugnará el informe al no estar de acuerdo con la atribución de los gastos
El Periódico
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El Tribunal de Cuentas ha detectado "gastos electorales no declarados" por valor de 189.497 euros en la contabilidad que presentó la coalición electoral de BCN pel Canvi a raíz de las elecciones municipales de 2019 en Barcelona. Se trata de la plataforma que encabezó Manuel Valls como alcaldable, que compartió con independientes e integrantes de Ciutadans.
La candidatura nació con presuntos mimbres de triunfo: Valls aparecía como la gran esperanza del constitucionalismo en la capital catalana. Al final no se hizo con la alcaldía. Apoyó a Colau para evitar que Ernest Maragall fuera el alcalde y ha acabado compartiendo con Eva Parera un grupo de dos concejales. El exprimer ministro francés anunció hace unos días que no se volverá a presentar.
Las cifras en entredicho
Ahora, informa Metrópoli Abierta, afloran dudas sobre la financiación de su aventura. El Tribunal de Cuentas ha emitido un informe de fiscalización de las municipales del 26 de mayo del 2019 que indica que la candidatura incumplió la ley de financiación de partidos. Según el informe, un total de 188.867 euros fueron facturados y abonados por la Asociación Barcelona Capital Europea, la plataforma con la que Valls presentó su candidatura para las elecciones municipales antes de formar la coalición con Cs.
El tribunal considera que la cantidad se empleó para actividades propias del proceso electoral, por lo que tenían que haber sido abonadas por la coalición electoral y no por la asociación. La ley indica que no está permitido aceptar que terceras personas paguen directa o indirectamente por servicios vinculados con la actividad de los partidos e indica que hacerlo supone “una irregularidad sancionable”.
De los gastos no declarados, 126.479 euros se tienen en cuenta “a efectos del límite máximo de gastos” y otros 63.018 euros se emplearon antes de la convocatoria de elecciones, es decir, fuera del plazo que determina la ley orgánica del régimen electoral general (Loreg), por lo que el tribunal considera que no pueden computarse como gastos electorales. Según el informe Barcelona pel Canvi superó el limite de gastos en 126.819 euros, un 71,15% de lo permitido, 178.237 euros. El total de gasto ascendió a 305.056,97 euros.
Impugnación
Fuentes de BCN Canvi han explicado a Europa Press que impugnarán el informe puesto que no están de acuerdo con la atribución de gastos electorales, y han subrayado que por ahora no existe sanción alguna.
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