Multa de 10.000 euros

Barcelona gana el primer juicio a Endesa por cortar la luz a una familia en riesgo

El juez sanciona a una eléctrica por haber dejado sin suministro a una familia vulnerable sin haber pedido previamente el preceptivo informe de vulnerabilidad

El Periódico

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Endesa tendrá que pagar 10.001 euros al Ayuntamiento de Barcelona por haber cortado la luz a una familia vulnerable. Es la primera multa que va a poder cobrar el consistorio a una eléctrica por incumplimiento de la ley catalana de pobreza energética, después de una larga batalla judicial que ha terminando dando la razón al consistorio Barcelonés.

Barcelona ha ganado el primer juicio derivado de los expedientes sancionadores interpuestos por incumplimiento de la Ley 24/2015 de<strong> pobreza energética</strong>. En una sentencia pionera en la capital catalana, contra la que no se puede presentar recurso de apelación. 

El Juzgado Contencioso Administrativo número 15 de Barcelona considera probado que la compañía Endesa Energía XXI SLU cortó la luz a una familia vulnerable de la ciudad sin que previamente hubiera pedido a los servicios sociales el preceptivo informe para determinar si estabn en riesgo de exclusión residencial, tal y como dicta esta ley. El juez considera que esta práctica supone una vulneración grave de la ley y por ello condena a la empresa a pagar una multa de 10.001 euros.

El origen de este caso se remonta en 2017, hace ya dos años. La familia vivia en el barrio de Horta. Tenía tres menores a su cargo, y eran atendidos por los Servicios Sociales al encontrarse en riesgo de exclusión social. Fue en el mes de mayo cuando Endesa les cortó la luz, sin antes pedir el informe de exclusión social. El juez admite que la compañía pidió el citado informe de vulnerabilidad, pero deja claro que lo hizo después de que efectuara el corte de suministro y, por tanto, incumplió el artículo 6.4 de la Ley 24/2015 de pobreza energetica y habitacional.

Este artículo de la ley fija que, para salvaguardar el principio de precaución, es necesario que cuando una compañía haga un corte previamente solicite un informe a los servicios sociales municipales para determinar si la persona o la unidad familiar se encuentra en riesgo de exclusión residencial.

Si bien el ayuntamiento va a poder multar a la compañía, no lo va a poder hacer como quería. El consistorio había planteado la multa como "grave", según el código de consumo, valorada en 30.000 euros. El juez la rebaja a 10.00, es decir, lo considera una falta "leve". Dice el juez, que no hubo mala fe, ya que Endesa reestableció el servicio a la familia al darse cuenta que se trataba de una familia en riesgo social.

Treinta expedientes más

En estos momentos, el Ayuntamiento de Barcelona mantiene cerrados a la espera del cobro o de nuevas sentencias judiciales 9 expedientes más: todos ellos por valor de 30.000. Además, tiene 19 expedientes más incoados que aún no se han resuelto. La empresa más afectada por estos procedimientos es Endesa, seguida de Naturgy.

La teniente de alcalde de Derechos Sociales y Feminismos, Laura Pérez, ha definido la sentencia de "pionera" para la ciudad. Es la primera vez que el juez les da la razón para multar una eléctrica, pero fue el Ayuntamiento de Sabadell el que ganó el primer jucio por un caso idéntico. En marzo del año pasado un juez avaló una multa de 10.001 euros a Endesa por cortar la luz sin pedir informes de los Servicios Sociales.

La multa confirmada ahora por el juez cierra el primero de los expedientes sancionadores que actualmente el ayuntamiento mantiene abiertos por incumplimiento de la Ley 24/2015, unos procedimientos largos y durante los cuales las compañías suministradoras tienen varias oportunidades para presentar alegaciones.