DERECHO A LA VIVIENDA

Barcelona lleva a la Fiscalía un segundo caso de acoso inmobiliario

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El Ayuntamiento de Barcelona ha denunciado ante la Fiscalía el segundo caso de acoso inmobiliario que ha instruido con el nuevo procedimiento administrativo, para que determine si hay delito penal, y sancionará a los propietarios que supuestamente han cometido el 'mobbing' con 90.000 euros de multa.

Según han informado a Efe fuentes municipales, se trata del segundo caso de acoso inmobiliario instruido por el nuevo procedimiento que puso en marcha en julio dl  2018 el Ayuntamiento de Barcelona, de momento la única administración que aplica esta vía prevista en la Ley del Derecho a Vivienda de 2007.

El presunto acoso inmobiliario ha ocurrido en la finca situada en el número 3 la calle del Pi, en el barrio Gòtic del distrito de Ciutat Vella, donde viven Montserrat y su marido. El ayuntamiento conoció la situación a través de la Oficina de Vivienda a partir de la denuncia de uno de los inquilinos, que comunicó su situación y la de su familia, que viven de alquiler en este piso desde hace más de 50 años con un contrato de renta antigua de 1957.

La familia denunció que sufría una situación de acoso inmobiliario y discriminación en el uso de la vivienda.

Quejas desde 1994

Desde 1994 la familia inquilina de este piso había manifestado a los dueños, a través de la administradora, su malestar por el estado del edificio y a finales del 2016 trasladó sus quejas a la Oficina de la Vivienda de Ciutat Vella para pedir que mediara con la propiedad, ya que la situación en que vivían por el mal estado del piso estaba provocando problemas de salud a uno de los miembros de la familia.

Los técnicos del ayuntamiento inspeccionaron el edificio, que tiene seis viviendas pero sólo una está habitada por esta familia, y constataron que la finca afectada está en un estado deficiente general debido a desperfectos en la zona de la cubierta de la vivienda de la familia. La Oficina de la Vivienda inició los trámites para mediar con los propietarios, pero éstos interpusieron una demanda civil para desahuciar a los inquilinos.

Durante el procedimiento instruido por el ayuntamiento, los técnicos han constatado "falta de voluntad de la propiedad de cumplir con su deber de conservación de la finca y de solucionar de manera definitiva los problemas de habitabilidad del inmueble", según las mismas fuentes. También han acreditado el agravamiento del estado de salud de uno de los miembros de la familia a causa de las deficiencias de la vivienda.

Un precedente

El primer caso que el Ayuntamiento de Barcelona presentó ante el Ministerio Fiscal, también a partir del nuevo procedimiento, fue uno de la calle Floridablanca 92, que llevó a la Fiscalía el pasado mes de marzo y sobre el que ésta aún no se ha pronunciado.

El Ayuntamiento ha recordado que la Ley del Derecho a la Vivienda prevé que, si la administración detecta indicios de posible acoso o de comisión de un delito o de una falta que estén tipificados en el Código Penal, lo tiene que comunicar al fiscal para que averigüe si se ha cometido delito.

Este trámite supone suspender los efectos de la resolución emitida por el Ayuntamiento de Barcelona, que ya implica una sanción administrativa "muy grave", y cuya ejecución se reanudará cuando la Fiscalía haya emitido su dictamen.