Decreto de la alcaldía

Barcelona permitirá a las personas 'trans' especificar su género

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zentauroepp23843334 sonia190306180816 / Albert Bertran

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La concejala de Feminismos y LGTBI de Barcelona, Laura Pérez, ha explicado que el Gobierno municipal ha firmado un Decreto de Alcaldía para garantizar el derecho de las personas transexuales y transgénero y las personas intersexuales a registrarse con el nombre y género que quieran.

En una rueda de prensa, Pérez ha detallado que el decreto permitirá que puedan comunicar su "nombre sentido" a los órganos y servicios municipales, siempre que el trámite no forme parte de un procedimiento administrativo formalizado o con implicaciones jurídicas de carácter oficial.

Plan municipal

En las instancias, solicitudes o formularios de aquellos órganos y servicios municipales que recojan datos sobre el género de las personas, se añadirá como opción de respuesta la de 'Hombre trans', 'Mujer trans' y 'Ninguna de las anteriores', además de las de 'Hombre' y 'Mujer'.

Pérez ha explicado que este decreto supondrá "un paso más" en el cumplimiento del Plan Municipal para la Diversidad Sexual y de Género 2016-2020, y para "la eliminación de las desigualdades y violencias que derivan del sistema cisheteropatriarcal".

A partir del momento de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) se iniciará el plazo para presentar alegaciones. La concejala prevé que entre en vigor tres meses más tarde: "Daremos cumplimiento a todos los casos, también a los de menores de edad", ha asegurado Pérez.

Realidad no binaria

"La realidad no es binaria, hombre o mujer –ha añadido–. Es diversa y la administración debe romper esta invisibilidad y facilitar que las personas trans puedan registrarse con el nombre sentido y con el género con el que se sienten cómodas". Y ha aclarado: "el listado de géneros podría ser mucho más amplio, pero también hemos querido que sea comprensible para todo el mundo".

El ayuntamiento ha recordado que el decreto de alcaldía cumple con lo que dispone el articulo 23.1 de la ley 11/2014 "para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia, que prevé expresamente que, en el ámbito de las administraciones públicas de Catalunya, se han de establecer las condiciones para que las personas transgénero y las personas intersexuales sean tratadas y nombradas de acuerdo con el nombre del género con el que se identifican".