Barcelona estrena la ordenanza de patinetes, 'segways' y 'solowheel'

La norma fija multas de entre 100 y 500 euros en caso de incumplimiento

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EL PERIÓDICO / BARCELONA

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Tras varios veranos ya de quejas vecinas y acalorados debates, Barcelona ha estrenado este 1 de julio la nueva ordenanza municipal que trata de regular el uso de ese variadísimo catálogo de vehículos de movilidad personal eléctricos. Segway, patinetes con motor, las casi circenses ‘solowheel’ (ruedas eléctricas), ‘hoverboards’ (lo mismo, pero con dos ruedas y otros varios ingenios tienen desde ahora una normativa que precisa cómo y por dónde pueden emplearse. La ordenanza, pionera y aprobada por el pleno municipal, impone un plus de exigencia para el uso de estos vehículos en el caso de que se trate de medios de transporte utilizados para actividades económicas, como por ejemplo el alquiler a turistas.

El texto de la ordenanza divide toda esta panoplia de medios de transporte en tres categorías, en función de su peso y velocidad máxima.

En la primera categoría, la clase A, encajan, por ejemplo, los patinetes y plataformas de transporte que no superen los 20 kilómetros por hora y pesen menos de 25 kilos. Podrán circular por el carril bici, por los parques y calles de plataforma única, pero en caso de que sean parte de la flota de una empresa deberán llevar un número de identificación y los usuarios deberán llevar casco. En caso de que sean vehículos de uso privado, la identificación y el casco serán solo recomendables.

CASCO

En la categoría B se engloban los vehículos que no superan los 30 kilómetros por hora y pesan menos de 50 kilos. Es el caso, por ejemplo, de los patinetes eléctricos de mayor tamaño y de los ‘segway’. Para estos medios de transporte, el uso del casco será obligatorio en todos los casos.

La categoría C es específica para los vehículos de más de dos ruedas. Esta está subdivida en tres apartados, 0, 1 y 2, en función de si se trata de vehículos peronales, turísticos o de transporte.

Otra de las cuestiones que especifica la ordenanza es cómo deben circular los grupos de usuarios, pues este es uno de los principales motivos de queja de los barceloneses. La ordenanza fija las rutas por las que pueden circular, limita a seis el número máximo de miembros de un ‘pelotón’ e impone que entre un grupo y el siguiente tiene que haber como mínimo 50 metros de distancia.

Las sanciones previstas en la ordenanza se mueven dentro de una horquilla de 100 a 500 euros.