COTO A LOS VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
Barcelona pone fin al libre albedrío de patinetes, 'segways' y ciclos de más de dos ruedas

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En una ciudad tan densa, tan de moda, tan solicitada por los turistas y tan mediterránea se impone un cierto orden de la vía pública. Una regulación que, gracias y por culpa de las nuevas tecnologías, requiere de una actualización constante. El pleno del ayuntamiento aprobará este viernes -si no hay revuelta de última hora- la normativa que controlará el uso y disfrute de los denominados vehículos de movilidad personal, esto es, patinetes, ‘segways’, plataformas eléctricas, ciclos de más de dos ruedas o bicicletas de transporte.
La normativa se incluirá en la ordenanza de circulación de peatones y vehículos, una de las que más se ha modificado desde su entrada en vigor, a finales de los 90. Ya fue aprobada en la comisión de Movilidad del pasado febrero, y en cuanto pase el corte final de los 41 concejales y se publique en el Boletín Oficial de la Província de Barcelona (BOPB), en un plazo máximo de 10 días, entrará en vigor. Votaron a favor hace un par de meses Barcelona en Comú, PSC, Ciutadans, ERC y la CUP. Los Demòcrates y el PP se abstuvieron. Si no media algún conflicto inesperado, el texto pasará el corte sin problema y todos los ingenios de movilidad que han brotado en los últimos tiempos tendrán que atenerse a la nueva ley. Se les limitan los espacios por los que pueden circular y la velocidad. El objetivo del ayuntamiento es “resolver los problemas de convivencia en el espacio público y fomentar una movilidad sostenible y segura”. También por seguridad, pues es habitual que los ciudadanos que apuestan por algunos de estas máquinas usen la acera.
FORASTEROS BAJO CONTROL
Al margen de ordenar su funcionamiento, la modificación de la ordenanza pone coto a las excursiones turísticas en algunas zonas de la ciudad - en las que es habitual encontrarse con un grupo de forasteros en patinetes o ‘segway’. El documento distingue 10 medios de transporte distintos, distribuidos en tres categorías. Con un denominador común: su lugar natural debe ser la calzada, aunque también las zonas pacificadas y las calles con la velocidad limitada a 30 kilómetros por hora. Todos estos vehículos podrán utilizar los carriles bici. En el caso de los más voluminosos, -trixie y rickshaw (taxis a pedales para turistas) o las bicicletas de transporte de mercancías), podrán entrar en los pasillos ciclistas “siempre que la anchura de la infraestructura ciclista lo permita”. Una decisión arriesgada, pues donde uno ve una autopista, el que viene de cara ve una diminuta tubería.

En cuanto a la velocidad, irá en función de la vía por la que circulen. Entre 10 y 20 Km/h en plataformas únicas (calles sin acera diferenciada); 10 km/h en parques públicos (todas las categorías pueden entrar en las zonas verdes); misma velocidad en carriles bici no segregados; 30 km/h en los viales ciclistas segregados y en las zonas 30, y 45 kilómetros por hora en calzadas que no correspondan a la red básica de la ciudad (las calles más importantes a nivel de circulación).
El casco será obligatorio en los vehículos de las categorías B y C. Lo de tipo A solo deberán llevarlo cuando el medio de transporte forme parte de un servicio público o una actividad comercial. Lo mismo sucede con las luces, obligatorias en todos los casos menos en los patinetes y plataformas eléctricas pequeñas. La edad mínima para todos los casos será de 16 años. El consistorio se reserva la potestad de "ejecutar restricciones específicas en los ámbitos y distritos en los que estos vehículos generen una presión o una problemática específica".
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