Antifrau cuestiona la pensión de dos urbanos condenados por tortura

El agente Bakari Samyang en el gimnasio en una Imagen del documental sobre el 4-F Ciutat morta, emitido en enero pasado.

El agente Bakari Samyang en el gimnasio en una Imagen del documental sobre el 4-F Ciutat morta, emitido en enero pasado.

ANTONI FUENTES / J. G. ALBALAT / BARCELONA

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La polémica por la concesión de pagas vitalicias a dos exagentes de la Guardia Urbana de Barcelona condenados por torturasGuardia Urbana de Barcelona condenados por tor sigue viva. La Oficina Antifrau de Catalunya ha dictado una resolución, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, que cuestiona las pensiones de invalidez concedidas a dos exguardias justo después de ser condenados por malos tratos a un detenido y tras la participación de uno de ellos en el caso del 4-F 4-. El director de Antifrau, Daniel de Alfonso, recomienda al Instituto Nacional de la Seguridad Social la revisión de las «cuestionables incapacidades permanentes» que fueron concedidas a los dos policías.

La resolución, de tres folios y fechada el pasado día 12, es la respuesta a una denuncia presentada por el sindicato CGT, que reclamó en enero pasado la retirada de las pensiones al considerar que fueron concedidas de forma irregular para propiciar la salida de la Guardia Urbana de los agentes Víctor Bayona Bakari Samyang, al ser condenados en firme a dos años y tres meses de prisión por malos tratos al joven Yuri Sarran mientras estaba detenido en las dependencias de la policía.

Con anterioridad a esos hechos, Samyang y Bayona participaron en la detención de los acusados por los altercados ocurridos el 4 de febrero del 2006 en Ciutat Vella, en los que un agente sufrió graves lesiones. Los testimonios de ambos fueron determinantes en la sentencia que condenó a prisión a algunos de los detenidos por el 4-F, que también denunciaron torturas mientras estaban en los calabozos.

POSIBLE REAPERTURA

La Oficina Antifrau apunta indicios de posibles irregularidades aunque opta por archivar las actuaciones iniciadas en respuesta a la denuncia de la CGT «sin perjuicio de la posibilidad de reabrir el expediente correspondiente si se constatasen datos, elementos o circunstancias determinantes» en relación con la concesión de las pagas vitalicias y las «razonables sospechas» relatadas por la parte denunciante. La resolución abunda en algunas de las irregularidades que puso sobre la mesa la CGT, pero rechaza otros aspectos al no ver anomalías en ellos.

Para empezar, el organismo encargado de controlar posibles abusos en las administraciones de Catalunya constata las «groseras coincidencias temporales» en las tramitaciones de ambas pensiones, «en especial el hecho de que la primera de las bajas -de los dos, se ha de insistir- coincida con el dictado de la primera sentencia condenatoria de instancia». Es decir, que los dos agentes dejaron de trabajar y pasaron a estar de baja -paso previo a la pensión de invalidez- justo después del primer fallo que les condenó por torturas.

A continuación, la resolución subraya la existencia de un «inexplicable paralelismo en el devenir psicopatológico de dos personas diferentes (eso sí, afectadas por el mismo resultado condenatorio)». La oficina considera que las «oportunas y puntuales» bajas médicas, recomendadas por un médico forense, fueron tramitadas «acríticamente» por el Institut Català de la Salut, el Ayuntamiento de Barcelona y el Institut Català d'Avaluacions Mèdiques (ICAM). Ese proceso acabó con las «cuestionables incapacidades permanentes». El texto recuerda los «ventajosos efectos penales y económicos» para los beneficiarios debido a que eluden la inhabilitación absoluta y les permite cobrar unas pensiones de 1.600 y 1.800 euros mensuales.

FALTA DE PRUEBAS

A pesar de esos indicios, la resolución determina que no se puede concluir «ni siquiera preliminarmente» que la concesión de las invalideces sea fruto de «maquinaciones, influencias, intereses de cualquier tipo» o de conductas fuera de la ley. La oficina indica que «no se dispone de ninguna prueba» de que se haya dado las pensiones con diagnósticos falsos.

Respecto a la celeridad en la concesión de las pagas, la resolución no aprecia ninguna irregularidad al considerar que se respetaron los plazos legales. La única pega que ve es que en un caso intervino un «consultor» del ICAM, el mismo que redactó un informe de presunción de la incapacidad. Las últimas cifras del ICAM indican que se rechazan el 50,3% de las peticiones de invalidez.

A pesar del archivo de la denuncia, el director de la oficina formula varias recomendaciones a los departamentos de Justícia y Salut de la Generalitat y sugiere al INSS «extremar los controles y pruebas médicas a la hora de revisar las incapacidades» de los dos exagentes. Tras la presentación de la denuncia, la directora del INSS en Barcelona rechazó la retirada de la pensión al considerar que no había pruebas, aunque los dos agentes tendrán que pasar un control el año que viene.