El Supremo baja la pena a Angie, autora del 'crimen perfecto', de 22 a 18 años

Considera el crimen como un homicidio, no un asesinato, lo que supone una menor condena

María Ángeles Molina, 'Angie', en el último día del juicio, el pasado 28 de febrero.

María Ángeles Molina, 'Angie', en el último día del juicio, el pasado 28 de febrero. / Joan Puig

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 El Tribunal Supremo ha rebajado a 18 años de cárcel la condena a 22 años que la Audiencia de Barcelona impuso a María Ángeles Molina, 'Angie', por falsedad y por el asesinato de su compañera de piso en el 2008, simulando un crimen sexual que fue calificado por la prensa como el 'crimen perfecto' por su planificación.

En una sentencia conocida este miércoles el Supremo cambia la consideración del crimen desde asesinato (18 años de cárcel) a homicidio doloso (14 años de prisión) porque, aunque es segura la culpabilidad de 'Angie', sí es razonable dudar de si la víctima pudo defenderse o si se hallaba dormida en el momento de morir.

La sentencia de este miércoles confirma la segunda condena, por falsedad, por lo que la pena total suma 18 años.

Según el relato de los hechos de la sentencia condenatoria, 'Angie' cometió el crimen en la noche del 19 de febrero del 2008 en un apartamento de alquiler de Barcelona.

La sentencia ahora corregida daba por probado que la criminal adormeció a su amiga con una sustancia que no se ha podido determinar y luego la asfixió con una bolsa de plástico que le puso al cuello. Posteriormente la impregnó con el semen de dos gigolós para simular un móvil sexual.

Previamente se había hecho pasar por su compañera de trabajo y de piso para suscribir seguros de vida y préstamos bancarios de los que se benefició, para todo lo cual utilizó documentación falsa.

La sentencia recurrida consideró estos hechos como asesinato y la condenó a dieciocho años de cárcel por ello y a cuatro más por falsedad documental en concurso con estafa, si bien en el fallo consta un voto particular del presidente de la sala, Pedro Martín, partidario de una condena por homicidio.

El Supremo, que confirma la condena a cuatro años por falsificación, coincide con el voto particular en que no se practicaron las pruebas necesarias para demostrar que la víctima estaba efectivamente dormida y no se pudo defender, como puedo ser la búsqueda forense de restos de piel en sus uñas. Ello se ve reforzado porque no se hayan encontrado sustancias tóxicas en el cadáver, añade.

El Supremo se pregunta si hubo una muerte violenta homicida o una muerte violenta que, por estar privada de sentido la víctima, debe ser calificada de asesinato y, como no puede dar por probada la segunda respuesta, ante la duda se ve obligado por la ley a inclinarse por la hipótesis más favorable al reo, de modo que impone la calificación de homicidio.

La sentencia recurrida condenaba también a la acusada a indemnizar con 200.000 euros a la pareja, padres y hermano de la víctima y le imponía el pago de una multa de 3.600 euros, cantidad que el tribunal consideraba "perfectamente asumible" por una persona propietaria de varios coches de alta gama y que recibe una asignación anual paterna de 100.000 euros, todo lo cual es confirmado por el Supremo.EFE