JORNADA LABORAL DEL AUTÓNOMO

¿Puede un autónomo trabajar a tiempo parcial?

Desde hace trece años hay una norma que habilita el trabajo autónomo a tiempo parcial. Y, desde entonces, los diferentes Gobiernos han contralegislado para que la figura del autónomo a media jornada no salga adelante

Desde hace trece años hay una norma que habilita el trabajo autónomo a tiempo parcial. Y, desde entonces, los diferentes Gobiernos han contralegislado para que la figura del autónomo a media jornada no salga adelante.

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José Antonio Calvo

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Se aprueba el Estatuto del Trabajo Autónomo, para regular esta modalidad de trabajo. Hasta ese momento, los autónomos se regían por otras normativas que no atendían de forma específica sus necesidades y coyuntura especial. 

En el apartado 1, del artículo primero del Título 1 se dice, textualmente: La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia […] una actividad económica […]. Esta actividad […] podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.

Desde 2007 el estatuto del trabajo autónomo permite esta posibilidad. Entonces, ¿por qué no se puede ser trabajador por cuenta propia a tiempo parcial en España? 

Una medida postergada,… durante trece años

A día de hoy, la culpa la tiene el Real Decreto-ley 28/2018 de 28 de diciembre. Es la última normativa del autónomo que posterga de nuevo la obligatoriedad de desarrollar una norma que permita trabajar a tiempo parcial en el Régimen de Autónomos. 

Los próximos Presupuestos Generales del Estado, que pretende sacar adelante el actual Gobierno, también impedirán la puesta en marcha de esta cuestión, según el texto actual. 

Por qué no se desarrolla esta posibilidad

Por lo tanto, a día de hoy, un autónomo no puede trabajar a media jornada. O, mejor dicho, puede hacerlo, aunque pagará la cuota como si estuviera trabajando a jornada completa.

La modalidad más parecida sería la pluriactividad. En ella, un asalariado a media jornada podría darse de alta también como autónomo, para realizar trabajos más allá de su relación como contratado. 

En este caso, el autónomo abona las cuotas como cualquier otro. Pero la empresa que le tiene a sueldo por media jornada también lo hace. Se genera un exceso de cotización, que es devuelto por la Seguridad Social anualmente. Pero el autónomo en pluriactividad lo adelanta.

Según los asesores y gestores consultados, ese es el problema del sistema: cómo deberían cotizar estos profesionales si dicen que trabajan a media jornada. 

Según exponen, si un autónomo está trabajando cuatro horas, debería cotizar por esas horas efectivas de trabajo. Es decir, su cuota debería ser 143 euros, en lugar de los 286 actuales. 

El problema vendría en cómo corroborar que un autónomo no está trabajando ocho horas (y ganando como tal), pero diciendo que sólo trabaja cuatro (y cotizando menos). 

La cotización por ingresos reales en autónomos

El problema puede aproximarse a una solución con la cotización por ingresos reales que el Gobierno espera aprobar en breve. Pero no del todo. Cabe pensar que los profesionales por cuenta propia que trabajen cuatro horas diarias o menos van a producir ingresos bajos. Si estos están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, efectivamente, pagarían una cuota inferior a la actual, según los tramos previstos (aunque no definitivos).

Sin embargo, ¿y si trabajando cuatro horas gana 2.000 euros? Al pagar en función de los ingresos no importará las horas dedicas, sino el rendimiento económico. Por lo tanto se plantea una solución, aunque parcialmente. 

Dicho de otro modo, en España no tendrá sentido ser autónomo a tiempo parcial, de momento. Pues la normativa nos obliga a cotizar como si estuviéramos a jornada completa.