FISCALIDAD

Deducciones por maternidad: las autónomas también lo tendrán más fácil

Hacienda modifica el documento 140, para el abono anticipado de las deducciones por maternidad. Los cambios facilitan el documento en sí y la forma de presentación. Las profesionales por cuenta propia también se beneficiarán de estos cambios.

Hacienda modifica el documento 140, para el abono anticipado de las deducciones por maternidad. Los cambios facilitan el documento en sí y la forma de presentación. Las profesionales por cuenta propia también se beneficiarán de estos cambios

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José Antonio Calvo

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Las autónomas también tienen acceso a una deducción por maternidad de 100 euros mensuales. Recordemos que esta opción existe si la madre cumple una serie de requisitos y hasta que el hijo o hija cumpla los tres años. En total, el valor de la deducción alcanza los 3.600 euros. Para las autónomas los requisitos principales son: 

  • Estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Que tengan el derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.

A partir de aquí, la autónoma que quiera acceder a dicha deducción podrá hacerlo informando a Hacienda de su situación mediante el modelo 140. Un formulario que, según informa el BOE, ha sido actualizado con el objetivo de facilitar los trámites. Pero, ¿qué es lo que se ha modificado? ¿En qué afecta  este tipo de profesionales?

Fórmula de presentación del modelo 140

En primer lugar, se actualiza la forma de presentación, para que pueda realizarse la tramitación de la solicitud de forma telemática. Esto significa que no será necesario acudir presencialmente a ninguna de las oficinas o delegaciones de la Agencia Tributaria. 

Pero, además, la nueva Orden HAC/177/2020 de 27 de febrero, dictada por el Ministerio de Hacienda, facilita aún más esta tramitación electrónica. Lo hace añadiendo el uso del sistema Cl@ve como válido para realizar las gestiones relacionadas con esta deducción. Anteriormente, solo podía realizar el trámite online utilizando el certificado electrónico. Cuestión que queda ampliada y mejorada con la apertura de esta otra vía. 

Simplificación del formulario en sí

Este tipo de modelos o formularios para realizar gestiones con Hacienda incluyen una serie de campos o casillas a rellenar. Tal y como ocurre, por ejemplo, con la Declaración de Hacienda. El modelo 140 no es excesivamente complejo, pero la Orden trata de simplificarlo aún más. 

De hecho, el propio Ministerio de Hacienda reconoce en su redacción que hoy día cuenta con datos fiscales suficientes de los interesados, como para simplificarlo sin necesidad de reiterar la petición de cierta información. 

Por lo tanto, las madres autónomas que quieran solicitar esta deducción se encontrarán con un documento más sencillo. Especialmente en la comunicación de variaciones de la situación de la madre. Se han limitado los supuestos en los que la autónoma estará obligada a comunicar cambios. Estas variaciones, por cierto, también podrán realizarse de forma telemática. O, en su defecto, por teléfono. Advierte Hacienda que esto ya viene gestionándose de forma similar con otras documentaciones, por ejemplo el modelo 143.

Esas serán las únicas circunstancias en las que la autónoma deberá reiterar gestión alguna con Hacienda. Solo será necesario presentar la solicitud de abono anticipado en el momento en el que nazca el derecho a su acceso. Y no debe repetir ninguna gestión durante todo el periodo de validez. Eso sí, deberá presentarse una solicitud por cada descendiente.

Otro cambio importante en este sentido afectará a qué situaciones se incluyen como valedoras del derecho a la deducción por maternidad. Junto al acogimiento, se introduce también la figura de la delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. A partir de ahora, esta circunstancia también dará derecho a cobro.