Documentos para emprender

Recomendaciones para hacer un buen pacto de socios

Una de las primeras cosas que se debe hacer al emprender un negocio es elaborar el pacto de socios, un documento en el que se delimitan las obligaciones y participaciones en la nueva sociedad.

Una de las primeras cosas que se debe hacer al emprender un negocio es elaborar el pacto de socios, un documento en el que se delimitan las obligaciones y participaciones en la nueva sociedad

Socios

Socios / economia

Alberto Payo

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Cuando se constituye un negocio con familiares, amigos o ex compañeros de trabajo es muy común que la confianza sea el factor dominante. Se suelen dar muchas cosas por supuestas. Sin embargo, en estos casos es especialmente recomendable que haya ciertos aspectos de la relación empresarial que se dejen por escrito, para que no se mezclen con los personales. ¿Cuánta participación va a tener cada uno de los socios? ¿Estos socios van a aportar únicamente capital o también horas de trabajo? ¿Va a existir un CEO? ¿Va a tener el consejero delegado un sueldo? ¿Se les dará una nómina también al resto de los socios?

Estos y otros elementos deben ser tenidos en cuenta y reflejados en un texto para que no se produzcan malentendidos. Este paso también es necesario cuando se forma una startup con personas que no se conocen, ya que cada una de ellas puede contar con sus propias expectativas o metas de base.

A este documento se le conoce popularmente como ‘pacto de socios’. Se trata de un contrato por escrito en el que deben definirse los objetivos comunes de la sociedad, así como las tareas y obligaciones de cada uno de los socios. Igor Ochoa, economista experto en startups y CEO del despacho Dipcom Corporate, explica a BYZness que “las cláusulas que pueden establecerse en un pacto de socios son innumerables y tendrán que estar determinadas por la posición y la aportación de cada socio”.

Dos cláusulas principales

Ochoa subraya, no obstante, la importancia de que en el documento se incluyan dos cláusulas en particular: aquella que define el gobierno y la administración del negocio y la que contempla las aportaciones y garantías de los socios a su entrada. La primera de ellas debe recoger la composición del consejo de administración y quién va a tener el control sobre la empresa. En cuanto a la segunda, hay que definir en ella no solo el capital que se aporta, sino todas aquellas aportaciones no dinerarias (experiencia, contactos, know-how, etc).

Al margen de estas dos cláusulas principales pueden incorporarse otras que aborden aspectos como la política de dividendos, derechos de acompañamiento y/o de arrastre (tag alone y drag alone), penalizaciones o bonus, cláusulas antidilución, derechos de recompra, etc. En definitiva, qué pasará si los socios se van o si entran inversores en la sociedad en el futuro.

Este documento puede ser elaborado por los propios socios, sin embargo, lo más conveniente es que estos se pongan en manos de un abogado o despacho para que todos los flecos legales queden bien atados. “El documento es lo suficientemente complejo para que el inversor busque un asesor adecuado que le ayude a definir las cláusulas necesarias y la posición negociadora ante sus futuros socios”, recomienda el economista.

La importancia del pacto de socios es capital, sobre todo desde el punto de vista preventivo. “A pesar de que no es un documento obligatorio en las sociedades mercantiles, el pacto de socios es un instrumento de máxima transcendencia que define y concreta las reglas de juego que se van a establecer entre todos los socios a lo largo de la vida de la empresa”, destaca el fundador de Dipcom Corporate. Para Ochoa, su eficacia se deja ver principalmente “en las situaciones de crisis entre los socios, cuando surgen problemas o conflictos entre ellos”. Los también llamados ‘acuerdos parasociales’ “regulan, sobre todo, la gestión societaria en estas situaciones”.

¿Mejor un documento simple o complejo?

Lo normal es redactar un pacto de socios cuando se constituye la sociedad, sin embargo, es necesario ir modificándolo a medida que la empresa se va transformando o cuando entran nuevos socios en el capital. Por lo tanto, durante la vida de una empresa emergente se van a ir elaborando diferentes pactos de socios. El ideal es que el escrito primigenio siente cátedra.

“Lo habitual es que los socios fundadores traten de conservar los pactos parasociales que se establecieron en la constitución del negocio, ya que refleja la voluntad de gobierno de los socios fundadores. Sin embargo, la realidad suele ser diferente. Si el socio nuevo entra con una participación significativa, lo más probable es que quiera negociarlos, modificarlos o incluso eliminarlos”, advierte el economista.

Según explica, esto suele ocurrir especialmente cuando una empresa empieza a cotizar en el MAB (Mercado Alternativo Bursátil), ya que se exige a los socios que extingan los pactos de socios que firmaron previamente con el fin de “evitar disimilitudes entre accionistas”.

Teniendo todo esto en cuenta, ¿es recomendable hacer un documento que especifique el mayor número de aspectos posibles o es preferible redactar un texto simple y básico para que los emprendedores no se pillen los dedos o tengan cierto margen de maniobra? Para Ochoa la complejidad del pacto de socios será mayor o menor dependiendo de la estructura de gobierno que se quiera definir. “No es lo mismo desarrollar un pacto de socios con una startup que tiene como socios a una aceleradora, incubadora o mentor -los cuales ceden un porcentaje mínimo de la sociedad a cambio de una contraprestación no dineraria (know-how, contactos)- que un pacto de socios establecido con un fondo de inversión”, matiza. “El primero será concreto y simple mientras que las relaciones accionariales con fondos de inversión suelen estar mucho más definidas y reguladas hasta el mínimo detalle societario”, concluye.