RECURSO CONTRA LA AUDIENCIA NACIONAL

El Tribunal Supremo confirma la legalidad del cierre de Canal 9

Los magistrados ratifican que el despido de la plantilla fue "ajustado a derecho" y rechazan la inconstitucionalidad de la ley que decretó la clausura

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El Periódico / Madrid

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El Tribunal Supremo ha confirmado que el despido colectivo de los trabajadores de Canal 9 fue "ajustado a derecho" y ha descartado la inconstitucionalidad de la ley que decretó el cierre de la televisión autonómica valenciana. Con esta decisión de desestimar los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional, el alto tribunal allana el camino al Govern para crear un nuevo canal valenciano, ya que los altos costes en indemnizaciones de una eventual sentencia contraria al ente público habría hecho inviable el nuevo proyecto.

En su fallo, el pleno de la sala de lo social del Tribunal Supremo acuerda por unanimidad rechazar los recursos presentados contra la Audiencia Nacional, que ya había desestimado la demanda de despido colectivo presentada por CGT contra el ERE que extinguió los contratos de la totalidad de la plantilla de RTVV (Radiotelevisión Valenciana), formada por más de 1.600 trabajadores.

En su deliberación, los magistrados han concluido que la ley aprobada en el 2013 para clausurar el canal es "compatible con la Constitución", por lo que entienden que no debe plantearse la cuestión ante el Tribunal Constitucional. Asimismo, los jueces consideran que el despido de los trabajadores se ha basado en la extinción de la Radiotelevisión Valenciana y en su "deficiente situación económica negativa", lo que, a su juicio, "aleja la sombra del fraude y constituye causa válida de despido colectivo". Además, el pleno subraya que el despido colectivo es "fruto de un acuerdo" alcanzado entre el empleador y 12 de los 13 representantes sociales, "sin que se haya acreditado la existencia de coacciones o vicios de su voluntad".