El Supremo declara nulo el reparto de canales TDT del 2010

PILAR ENÉRIZ / Barcelona

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ElTribunal Supremoha estimado un recurso de la empresaInfraestructuras y Gestión 2002 que invalida el acuerdo del Consejo de Ministros tomado en el 2010 por el que se concedieron cuatro canales aAntena 3; aTelecinco; aSogecable;Veo7;Net Televisión; y aLa Sexta. De acuerdo a la sentencia del Supremo, el Gobierno no respetó la ley general de la comunicación audiovisual, que entró en vigor en mayo de ese mismo año, y asignó a los propietarios de licencias canales adicionales de la TDT sin la realización de concurso público, tal y como exige la ley.

La sentencia dictamina que la Ley 7/2010 implantó un nuevo régimen jurídico menos discrecional basado en licencias, manteniendo la exigencia de obtenerlas mediante concurso público, lo que no se ha cumplido, siendo "un requisito incontestable e incondicionado".

Por tanto, una previsión legal --la necesaria convocatoria de concurso-- tan explícita y general supone la derogación de cualquier previsión aprobada en norma reglamentaria previa que choque con esa exigencia de concurso.

La sentencia deja sin base legal ni legitimación alguna a todos los nuevos canalesTDT privados nacionales actualmente explotados entre los que se encuentran Neox, Nova, La 7, La 9, Energy, Divinity, FDF, Disney Chanel, Discovery Max, Xplora, Energy, Nitro, Marca TV, 13 TV, Boing, MTV, Intereconomía, AXN y GOL TV.

El recurrente solicitaba en su demanda que el Tribunal Supremo reconociera directamente los efectos consecuentes que la estimación del principal objeto de la demanda conlleva: que Antena 3, Tele 5, Sogecable, Veo TV y Net TV tienen derecho a explotar un solo canal, y La Sexta tiene derecho a explotar dos canales. El Tribunal Supremo rechaza tal pretensión por considerar que lo solicitado queda fuera del objeto del recurso.