Sanción máxima, 300.000 euros
Protección de Datos multa a Google por captar datos de redes wifis abiertas
El caso del rastreo de datos personales en las wifis públicas por parte de Google ha acabado con multa también en España siete años después. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 300.000 euros a Google España, la máxima posible, por recoger y tratar sin permiso datos personales como correos electrónicos y direcciones de redes y dispositivos.
Varios coches de Google Maps recorrieron entre el 2008 y 2010 las calles de todo el mundo con la intención de fotografiar las calles de las principales ciudades pero acabaron recogiendo indiscriminadamente información que captaban de redes wifi y que incluían los datos que almacenaban algunos routers. La empresa tenía la intención de incorporar la situación de esos puntos wifi a su servicio pero en lugar de desechar la información personal que no le interesaba, la conservó y la trató.
El caso lo destapó Alemania y fue uno de los primeros que activaron una protesta conjunta de los organismos de privacidad. En concreto, las quejas contra la política de privacidad de la empresa fue la primera actuación del llamado Grupo de Trabajo del Artículo 29 , en el que las agencias de protección de datos europeas contrastan sus actuaciones.
La AEPD abrió entonces una investigación de oficio que tuvo que suspender después de que un abogado, Miguel Ángel Gallardo, en nombre de la asociación Apedanica, demandara a Google por «espionaje masivo». El juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, tras años de pleito, ha acabado desestimando la reclamación y ha archivado el caso, lo que ha permitido a la AEPD recuperarlo y, tras investigarlo como asunto de protección de datos, emitir su sanción, la mayor que le permite la normativa y que son 300.000 euros.
No es la primera multa que le cae a Google por este tema. Google tenía la intención de incorporar los puntos de acceso wifi a Google Maps, una medida que le valió varios problemas administrativos. Alemania ya le impuso una sanción en el 2010, Grecia le prohibió actuar hasta 2014, cuando lo autorizó finalmente, y en Estados Unidos también le obligaron a abandonar la recolección de datos y le impusieron otra multa, de 25.000 dólares por obstruir la investigación judicial, aunque no le consideraron culpable.
Google subsanó el fallo y en el 2013 la AEPD ya reconoció que cumplía la normativa. "En Google trabajamos concienzudamente para cumplir con las políticas relacionadas con la privacidad. En este caso, y remontándonos al año 2010, ya dijimos públicamente que nos equivocamos e, inmediatamente, informamos del error a la Agencia Española de Protección de Datos y solucionamos el problema que afectaba a nuestros sistemas. Hemos colaborado por completo a lo largo de los últimos siete años y, por supuesto, abonaremos la sanción impuesta”, afirma un portavoz de Google España.
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