ESTABA INMOVILIZADO

La Audiencia de Madrid permite de nuevo circular al autobús tránsfobo de Hazte Oír

El tribunal estima que la leyenda del vehículo no es un delito de odio

Autobús que recorre Madrid con el polémico mensaje del grupo ultracatólico Hazte oír, este martes.

Autobús que recorre Madrid con el polémico mensaje del grupo ultracatólico Hazte oír, este martes. / periodico

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La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado el levantamiento de la medida cautelar de inmovilización del autobús de Hazte Oír  inmovilizaciónHazte Oír que contenía el lema 'Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva' al estimar el recurso de apelación de esta asociación ultracatólica.

En un auto hecho público este viernes, la sección número dos de la Audiencia Provincial entiende que no puede considerarse un "atentado a la juventud y la infancia que una asociación legalmente constituida pueda dirigirse a los padres -en general- y a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos 'de acuerdo con sus propias convicciones'".

"Admitir la persecución de ideas que molestan a algunos o bastantes no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia".

El Juzgado de Primera Instancia número 42 de Madrid ordenó el 2 de marzo, tal y como solicitó la Fiscalía, la inmovilización del vehículo si no retiraba el mensaje publicitario, pues el que lucía parecía, según el Ministerio Fiscal, "dirigirse a las personas con una orientación sexual distinta, negándosela, lesionando de esta manera su dignidad".

"DESAGRADABLES Y AGRESIVOS"

Ahora la Audiencia Provincial da la razón a la asociación y subraya que los mensajes de su autobús, "por desagradables y agresivos que puedan considerarse son dudosamente delictivos".

De este modo, el tribunal estima que la leyenda del vehículo no es un delito de odio, que es algo distinto "a profesar y difundir una ideología por muy minoritaria que pudiera ser", y afirma que las ideas como tales "no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado".

"Ya no resulta necesario mantener la medida" (de inmovilización) y existen "serias dudas" de que los hechos en los que se apoya el recurso puedan ser considerados delito", concluye el tribunal, que hace referencia a casos como el del concejal del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata o el de los titiriteros, finalmente absueltos de humillación a las víctimas del terrorismo.

También menciona el auto el autobús de Podemos, llamado "tramabús", que circuló durante un tiempo con leyendas sobre la corrupción con figuras de políticos y periodistas perfectamente identificables.

"Con independencia del juicio que cada uno pueda tener de ellos, tienen derecho a ver respetada su dignidad y presunción de inocencia y, sin embargo, ninguna autoridad impidió su circulación", llama la atención el tribunal madrileño.