La procesión del Coño Insumiso llega a juicio en Sevilla

El juzgado reclama a tres mujeres que desfilaron con una vagina gigante una fianza de 10.800 euros de multa por un delito contra los sentimientos religiosos

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JULIA CAMACHO / SEVILLA

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La 'Hermandad del Sagrado Coño insumiso a la Explotación y la Precariedad' ha acabado en el banquillo de los acusados. Un juzgado de Sevilla ha abierto juicio oral contra las tres mujeres que el 1 de mayo de 2014 protagonizaron una procesión con una vagina gigante de plástico por considerar que cometieron un delito contra los sentimientos religiosos, como denunció la Asociación de Abogados Cristianos. La jueza solicita una fianza de 3.600 euros, que deberán reunir en un día, a cada una de las tres acusadas para hacer frente a la multa solicitada por las acusaciones. En total, 10.800 euros.

El auto de apertura de juicio señala que no se pudo determinar si el desfile, que coincidió con los actos del 1 de Mayo, estuvo promovido por alguna asociación, ya que en las imágenes incorporadas a la causa solo se identifica a las tres mujeres que “portaron en andas simulando un paso de Semana Santa” la imagen del órgano genital femenino, tocado con mantilla y una corona similar a la de las vírgenes mientras simulaban cantar saetas y plegarias.

La comitiva iba formada por mujeres con capuchas a modo de nazarenos y otras “vestidas de negro y con mantillas imitando a las mujeres que visten de tal forma de luto en Semana Santa. La comitiva recorrió los alrededores de la basílica de la Macarena, una de las iglesias más concurridas de Sevilla, gritando “la virgen María también abortaría”, “hay que quemar la Conferencia Episcopal por machista y patriarcal” o  “me la suda la Iglesia católica”.

La juez archivó el caso en junio del 2016 al entender que la “burla que pudieron realizar” las activistas “no consta se hiciera con el fin de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros”. Sin embargo, los denunciantes apelaron por ser una acción "vejatoria" y lograron reabrir el caso el pasado marzo. La Audiencia señaló entonces que no se podía descartar el delito porque la conducta de las acusadas fue una "mofa" y una "vejación" contra los católicos, y que la libertad de expresión de las acusadas "no es un derecho absoluto".