Deshaucios

Un juez declara nula una hipoteca por los abusivos intereses de demora

El magistrado culpa a los bancos de haber contribuido "decisivamente" en la crisis económica del país

Protesta en una sucursal del BBVA en Barcelona, el pasado febrero.

Protesta en una sucursal del BBVA en Barcelona, el pasado febrero. / JL/ql

EFE / Las Palmas

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Un juez ha declarado nulo el préstamo hipotecario concedido a una pareja de Lanzarote que estaba a punto de ser deshauciada, al considerar que los intereses de demora eran "abusivos".

En la decisión, publicada hoy por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Arrecife, el magistrado declara que los intereses de un 19% que el BBVA cobraba a sus clientes por retrasarse en los pagos son "abusivos y usurarios". Además, en el auto, denuncia que este tipo de prácticas bancarias constituyen un abuso inmoral que no puede ser consentido ni amparado por los Tribunales de Justicia.

El juez, Juan José Cobo Plana, incluso culpa a los bancos de haber contribuido "decisivamente" en la "crisis económica y recesión que vive este país y el mundo entero y a los altos niveles de desempleo", razones por las que la ciudadanía no puede hacer frente a las hipotecas.

Afán de enriquecimiento

Cobo Plana argumenta que en esta época de "crisis profunda" es un abuso que los bancos "sigan fijando y manteniendo unos tipos de interés moratorios superiores a los intereses básicos que rijan en cada momento el mercado hipotecario". Y añade que carece de sentido en la actualidad, concebir los intereses de demora como una sanción por no cumplir la obligación de pagar al día las cuotas.

"La inmensa mayoría, por no decir la totalidad, de las personas que dejan de pagar lo hacen sin ningún tipo de culpa por su parte. Lo hacen porque han perdido su trabajo y están en el paro", ha explicado el juez. "Lo llamativo del asunto - añade - es que esa pérdida de trabajo, que es la que provoca el impago del préstamo hipotecario, no solo no es culpa del prestatario, sino que en realidad es imputable en gran medida al prestamista, que son las entidades financieras que han contribuido a la recesión con su desmedido afán de beneficio".

Este juzgado de Lanzarote mantiene que no hay razón, más allá que el deseo de enriquecimiento de las entidades financieras, para el establecimiento de intereses moratorios superiores a los normales. "Ninguna pena o sanción se puede imponer a quien ninguna culpa tiene de no poder atender a un préstamo", ha aclarado.

El auto por tanto, declara nulos la escritura del préstamo concedido a esta pareja, la hipoteca que lo garantixa y el procedimiento hipotecario que se ha seguido, así como todas las actuaciones practicadas durante su tramitacón. El juez, para tomar este decisión, se ha remitido a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la nulidad de contratos que contengan cláusulas abusivas, materia con más importancia tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, el magistrado se apoya en sentencias anteriores del Tribunal Supremo para concluir que declarar nulo un préstamo por contener cláusulas abusivas conlleva directamente la nulidad de la hipoteca suscrita como garantía.

Tras esta resolución, el juez Juan José Cobo Plana ha ordenado a su secretario que le ponga en su mesa todos los procedimientos de ejecución hipotecaria que esté tramitando su juzgado para intentar que todos tengan un final similar y consiga la nulidad de los mismos