DESASTRE EN EL ALT EMPORDÀ

Los incendios forestales causados por negligencia, penados hasta con 10 años

También se puede imponer una multa de 12 a 24 meses a razón de hasta 400 euros al día

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El incendio forestal provocado por imprudencia grave al tirar una colilla al suelo y, por lo tanto, no ser intencionado, puede ser castigado con una pena de hasta 10 años cuando atente contra la vida, que es la máxima que prevé el Código Penal para estos casos.

Así lo ha declarado la abogada ambientalista, Ana López Muiñas, quien ha añadido que además de esta pena se impondrá una multa de 12 a 24 meses a razón de un máximo de 400 euros al día en el caso de personas físicas.

La reflexión de Fernández Díaz

Desde Girona, adonde acudió este lunes para interesarse por los incendios que han quemado miles de hectáreas en la comarca del Alt Emporda, el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, abogó por endurecer las penas previstas en el Cógido Penal por las imprudencias que causen incendios forestales, como parece ser el caso del Empordà.

El incendio de montes constituye un delito contra la seguridad colectiva tipificado en el Código Penal español, y los autores de provocar fuegos forestales, con peligro para la vida o integridad física de las personas, podrán ser castigados con la pena de prisión de 10 a 20 años, según Muiñas, que ha destacado que en el caso de fuego por colillas sin intencionalidad son de hasta 10 años.

Tendencia creciente

En el 2011 hubo 16.000 incendios (un millar menos que en el 2010), de los cuales el 70% fueron conatos (menos de una hectárea). En el 80% de los casos fueron negligencias e imprudencias, y en el 21,6% resultó ser intencionado, según los datos de la fiscalía.

Respecto a las penas, la fiscalía señala que el Código Penal contempla hasta 20 años de privación de libertad y, a lo largo de su historia, siempre han aumentado. Sobre las detenciones, asegura que se observa una tendencia creciente de sentencias condenatorias y una disminución de detenciones, algo que ha interpretado como positivo, dado que así no se priva a nadie de su libertad hasta el momento de la sentencia.

En el 2007 se dictaron 82 condenas y hubo 19 absoluciones; en el 2008 las condenas fueron 90 y las absoluciones 21; en el 2009, 85 y 51; en el 2010, 96 y 34, y el año pasado, 93 y 30. Solo hasta el 15 de julio --últimos datos facilitados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente--, más de 89.998,82 hectáreas han ardido pasto de las llamas, frente a las 84.490,08 devastadas durante todo el 2011 y las 36.479,68 hectáreas arrasadas entre el 1 de enero y el 15 de julio del pasado año.