INICIATIVA LEGAL CATALANA

El Parlament planteará ante el Congreso despenalizar la eutanasia

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fcasals2874830 eutanasia170724182707 / AGUSTÍN CATALÁN

Àngels Gallardo

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El pleno que este martes celebrará el Parlament de Catalunya aprobará con toda probabilidad -la impulsa una mayoría política- una propuesta que autorizará a la Cámara catalana a proponer ante el Congreso de los Diputados la suspensión de los artículos del Código Penal que castigan con la cárcel a quien practique una eutanasia o ayude en un suicidio. En un hecho sin precedente, la iniciativa contará con los votos a favor de Junts Pel Sí -ERC y el PDCat, ya sin la negativa de Unió Democrática-, PSC, Catalunya Sí que Es Pot y la CUP. Está previsto que el PP vote en contra y que Ciutadans se abstenga.

La iniciativa catalana llegará al Congreso gracias a la potestad de que disponen los parlamentos autonómicos para plantear proposiciones legales y, dado que contará con el apoyo del PSC, existe la posibilidad de que sea tenida en consideración, lo que promovería un debate de ámbito estatal.

El texto plantea reformar la ley orgánica 10/1995 del Código Penal español, concretamente, del punto 4 del artículo 143 que prevé castigar con hasta ocho años de cárcel a quien “cause la muerte o coopere activamente con actos necesarios y directos, a petición expresa, seria e inequívoca” del paciente interesado, en el caso de que éste sufra una enfermedad grave que necesariamente le causará la muerte o que le produzca “un sufrimiento permanente, difícil de soportar”.

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UNA LEY PARA TODOS

Si la iniciativa de la Cámara catalana llegara a ser aprobada en el Congreso, abriría la opción de que los parlamentos autonómicos elaboren en adelante sus propias leyes de eutanasia. “Con esta despenalización, es decir, modificando el Código Penal, Catalunya podría tener muy pronto su ley de eutanasia, ya que existe una mayoría a favor”, asegura Isabel Alonso, presidenta de la asociación Dret a Morir Dignament (DMD), entidad impulsora de la iniciativa parlamentaria catalana. “Esta propuesta defiende el derecho de las personas a morir con dignidad y en libertad”, añade Alonso. De las aproximadamente 600 personas que cada año piden información a DMD sobre los límites legales de que dispondrían en caso de desear acabar con su vida, unas 60 expresan su deseo de que se las ayude a acabar civilizadamente con su existencia, indica Alonso.    

La recomendación de modificar el Código Penal español no es nueva en Catalunya. El Comité Consultiu de Bioètica elaboró en el 2006, a petición de la Conselleria de Salut, un exhaustivo informe sobre el tema que, según sus autores, ha sido la base de partida de la actual iniciativa.

EL CONCEPTO DE DIGNIDAD

Aquél documento abogó por el derecho de cada individuo a vivir el último periodo de su vida de acuerdo con su concepto de dignidad. “[El ciudadano] Tiene derecho a rechazar cualquier tratamiento, aunque este sostenga la vida, siempre que se trate de una decisión competente y bien informada”, dijo el informe del Comité de Bioètica. El texto, no obstante, chocó finalmente con el citado artículo del Código Penal, ya que concluía aduciendo que “la persona tiene derecho a que los profesionales sanitarios le faciliten los cuidados y tratamientos necesarios para facilitarle una muerte digna y sin sufrimiento, siempre dentro del marco legal vigente”.

La actual propuesta del Parlament se argumenta recurriendo a encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) que muestran una mayoritaria opinión de los españoles a favor de que la eutanasia y el suicidio asistido dispongan de respaldo legal. “Una sociedad democrática debe evitar que las personas vulnerables o debilitadas puedan ser manipuladas o sean utilizadas para favorecer a los intereses de otros -dice la propuesta parlamentaria-. Por esa razón, es necesaria una ley que permita disponer de la propia vida, que garantice la autonomía personal y proteja a los más vulnerables”.

NI SE CONSIDERÓ

El pasado marzo, Unidos Podemos presentó ante el Congreso de los Diputados una propuesta de ley de eutanasia que planteaba de forma directa la regulación del derecho a disponer de ayuda para morir –la eutanasia como derecho-, lo que hubiera implicado dejar sin efecto el referido artículo del Código Penal. Esta proposición de ley, que fue calificada de “rigurosa, documentada y sólida” por destacados juristas españoles, no consiguió ser tenida en consideración por los diputados, por lo que no llegó ni a ser debatida. La abstención del PSOE y la de Ciudadanos frenaron de raíz la iniciativa.

El actual secretario general socialista, Pedro Sánchez, se ha pronunciado recientemente a favor de suspender el artículo del Código Penal que castiga con cárcel a quien ayude a morir a otra persona. “Ahora existen condiciones, en Catalunya y en el ámbito estatal, para que se elaboren y aprueben leyes de eutanasia en ambas cámaras”, asegura Isabel Alonso.     

Una tendencia creciente en el mundo 

El Código Penal español castiga con entre cuatro y ocho años de cárcel a quien induzca el suicidio de otra persona y especifica que la pena de prisión será de dos a cinco años para quien "coopere con actos necesarios" a un suicidio. La ley que regula dicho código prevé castigar con una pena de seis a 10 años a quien coopere hasta el punto de "ejecutar la muerte" de otra persona. El texto legal, en cambio, indica que ese castigo "debe ser inferior en uno o dos grados a los señalados anteriormente" en el caso de que se cause la muerte de otro, "o se coopere activamente con actos necesarios y directos, a petición expresa, seria e inequívoca de la víctima", aunque sufra una enfermedad grave que la conducirá necesariamente a la muerte con grandes sufrimientos.