EL PULSO SOBERANISTA

La fiscalía se querellará por rebelión en el Supremo y en la Audiencia Nacional

Carles Puigdemont y Carme Forcadell, tras la aprobación de la DUI en el Parlament el 27 de octubre del 2017.

Carles Puigdemont y Carme Forcadell, tras la aprobación de la DUI en el Parlament el 27 de octubre del 2017. / JULIO CARBÓ

Ángeles Vázquez

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La Fiscalía General del Estado ha decidido presentar este lunes una doble querella por rebelión, o al menos sedición, contra los artífices de la declaración unilateral de independencia (DUI). Un primera, contra el ya 'expresident' Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y el resto del depuesto Govern se presentará en la Audiencia Nacional y se sumará a la ya abierta por sedición contra el exjefe de los Mossos Josep Lluis Trapero. Pero habrá una segunda en el Tribunal Supremo, la que afecta a presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet. Joan Josep Nuet, aunque tiene dos querellas anteriores por desobediencia, en esta ocasión votó en contra de la tramitación de la DUI.  

El motivo de esta distinción es que los miembros del cesado Ejecutivo catalán acaban de perder el aforamiento tras la disolución del Parlament ordenada desde el Gobierno central. En cambio, los miembros de la Mesa de la Cámara autonómica siguen siendo aforados al pertenecer a la Diputación Permanente, órgano que dirige el Parlament durante el tiempo que está disuelto o de vacaciones. La querella del Supremo, que es previsible que no tarde en ser admitida, será instruida por el magistrado Pablo Llarena, al que corresponde por turno, según fuentes jurídicas.

En un principio, se contaba con una única querella en el Supremo, pero la sorpresiva decisión de Mariano Rajoy de disolver el Parlament ha supuesto que el núcleo fundamental de personas contra las que se dirigirá la actuación fiscal ya no sean aforadas, de ahí que la Fiscalía haya optado por interponer dos, para que el alto tribunal solo se encargue de los que cuentan con fuero y la Audiencia del resto. 

En la Audiencia Nacional ya se investiga por sedición, además de a Trapero, a la intendente de la policía autonómica Teresa Laplana y los presidentes de la ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, ambos en prisión desde el pasado día 16 tras declarar por segunda vez ante la magistrada. La nueva querella que se presentará en este tribunal, en el caso de la rebelión, contará con el handicap de que la Sala de lo Penal en 2008 dijo no ser competente para investigar la franquista, un argumento que sin duda será utilizado por las defensas para tratar de evitar la instrucción.

Suficiente con la violencia coercitiva

Las fuentes consultadas dan por consumada la sedición y consideran que existe una rebelión "de libro" con la declaración de independencia. El artículo 472 del Código Penal castiga con hasta 25 años de cárcel a los que "se alzaren violenta y públicamente" para derogar, suspender o modificar la Constitución; destituir al Rey, o declarar la independencia de una parte del territorio nacional. Cualquiera de estas tres vías encajan con la declaración de una república catalana.

El requisito de violencia necesario para que se dé este delito se entiende ya cumplido con la "coactiva" vivida el pasado 20 de septiembre en las concentraciones que obstaculizaron la labor de la comisión judicial enviada por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona a realizar 14 arrestos y más de 40 registros. Lo que pasó entonces, capitaneado por la ANC y Òmnium, forma parte de un plan preconcebido encaminado a lograr la independencia, según el último informe de la Guardia Civil aportado en la Audiencia Nacional, que incluye, además, lo ocurrido hasta el 1-O.

El Estatut establece que los aforados responden ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya o el Tribunal Supremo, si el delito se ha cometido fuera de Catalunya. En el caso de la rebelión las fuentes fiscales consultadas explican que se trata de un delito de resultado, cuyos efectos exceden el ámbito de la comunidad autónoma y se extienden a toda España, porque afectan a la organización del Estado y las consecuencias económicas se sufren en todo el país. Además, parte de las actuaciones que han llevado a su comisión se entiende cometidas fuera del territorio nacional.