MEDIDA CAUTELAR

El TSJC suspende siete artículos del reglamento sobre el uso del catalán en el Ayuntamiento de Barcelona

La resolución atiende el recurso que presentó el grupo municipal del PP

EL PERIÓDICO

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido cautelarmente siete artículos del reglamento de uso de la lengua catalana del Ayuntamiento de Barcelona, que antepone el uso del catalán en el consistorio, según la interlocutoria dictada por la sección quinta de la Sala Contenciosa Administrativa del TSJC.

La resolución atiende así el recurso que presentó el líder del PP en el ayuntamiento, Alberto Fernández Díaz, que impugnó el reglamento. El tribunal justifica la suspensión basándose en la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut, que rechaza los artículos de la carta que dan preferencia al uso del catalán.

La suspensión se refiere a los artículos que contemplan que las actuaciones internas del ayuntamiento deben hacerse en catalán, así como la redacción de las actas de plenos y comisiones, impresos, sellos de goma, expedición de documentos, rotulación, comunicaciones administrativas orales, y asentamientos en registros administrativos.

En el punto cuarto de la sentencia se especifica que los artículos suspendidos son el 3.1 (les actuacions internes de l'Ajuntament de Barcelona s'han de fer en català); 3.2 (les actes de l'Ajuntament s'han de redactar en català); 3.4 (impressos, segells de goma i anàlegs); 5.2 (expedició de documents); 7 (el incisoEn les seves comunicacions administratives orals, el personal de l'Ajuntament de Barcelona ha d'emprar la llengua catalana, llevat que l'administrat o l'administrada demani ser atès/atesa en castellà); 12 (rotulació), y 18 (assentaments).

También en Lleida

Asimismo, el TSJC también ha suspendido cautelarmente 19 artículos del reglamento de la Diputación de Lleida que regula la comunicación de la institución preferentemente en catalán y en aranés. En este caso, el tribunal atiende el recurso que presentó Convivència Cívica Catalana. Como en el caso del Ayuntamiento de Barcelona, la suspensión afecta a artículos como el que regula que las actuaciones internas de la Diputación han de ser en catalán o al que especifica que las actas han de redactarse en la misma lengua. Afecta también a la entrega de contratos o a la tramitación de expedientes administrativos, a rotulación, a publicaciones y a publicidad institucional.