UN CENTRO DEL MONTSENY

Condenado a 30 años un profesor de una escuela rural por tocamientos a menores

La Audiencia le impone una pena de la libertad vigilada durante los siete años posteriores a su salida de la cárcel

J. G. ALBALAT / BARCELONA

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 30 años de cárcel 30 años de cárcel, con un límite máximo de cumplimiento de 15 años, a un profesor de la escuela  pública Escola Puig Dau del Montseny (Vallès Oriental, Barcelona), por hacer tocamientos a seis alumnas, de entre 5 y 8 años de edad, mientras se sentaban en su regazo.

En la sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona también condena al profesor, Jordi Alonso Callejo, a indemnizar con 10.000 euros a cada una de las menores, le impone una pena de la libertad vigilada durante los siete años posteriores a su salida de la cárcel y le inhabilita para ejercer como profesor durante 10 años más.

El tribunal da plena validez al relato incriminatorio de las víctimas y concluye que el acusado cometió seis delitos continuados de abuso sexual cuando, llevado por el ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, aprovechó la realización de actividades escolares en las que el contacto entre el profesor y alumna era más próximo y cercano, tanto en el interior del aula como en el patio, para sentarlas en su regazo y tocarles sus partes íntimas.

El profesor, que fue denunciado por las niñas y por la Conselleria de Ensenyament -que acordó apartarle cautelarmente de sus funciones como docente en centros públicos-, cometió los abusos de forma continuada durante los cursos 2011 y 2013, en los que sus víctimas tenían entre 5 y 8 años de edad.

Cinco de las alumnas acabaron cambiando de escuela y dos de ellas -que tenían cinco años cuando fueron víctima de los abusos- sufrieron una fuerte erotización prematura en sus comportamientos.

"El daño moral es siempre difícilmente evaluable, pero el Tribunal no tiene ninguna duda en afirmar que cuando una menor de edad es sometida a un abuso sexual de forma continuada, viciada por una relación de abuso de superioridad con incapacidad para poder reaccionar, está sufriendo un ataque muy grave a su dignidad y autoestima, lo que provoca daños psicológicos", advierte la sentencia.

RELATO "CREÍBLE"

Para el tribunal, el relato de las menores -que no comparecieron en el juicio ya que se dio por buena como prueba pre-constituida su declaración en fase de instrucción- resulta "creíble" y "convincente".

"Cada una, de forma distinta y a su manera, y sin olvidar la corta de edad de éstas ... explican aún con reticencias -por vergüenza, temor, rechazo a lo vivido- lo que el profesor Jordi les hacía", resalta el fallo.

Según el tribunal, no existe "ninguna prueba ni indicio" de que las chicas tuvieran ninguna razón "para ir en contra de su profesor", ya que ninguna circunstancia avala una tesis "conspiratoria" ni por parte de las chicas ni de sus familias.

"Tampoco de las familias puede pensarse un ánimo vengativo o torticero. Las familias reaccionan a lo manifestado por sus hijas...lo único que movió a las familias fue la preocupación por sus hijas, por lo que se les pudiera haber hecho, sin exteriorizar ninguna animadversión", remarca.

La Audiencia también condena a la Generalitat, que denunció al profesor ante la Fiscalía, como responsable civil subsidiaria, porque el acusado estaba adscrito como funcionario al departamento de Enseñanza y los hechos se cometieron en un centro escolar público y en horario lectivo. "Es irrelevante si el organismo público actuó con diligencia una vez tuvieron conocimiento formal de los hechos", alega el fallo.