AVAL TEMPORAL A UN VETO

El TC da una tregua a la ley catalana 'antifracking'

El Govern aplaude la decisión que permite mantener la prohibición de la fractura hidráulica

Protesta contra el 'fracking' ante el Parlament.

Protesta contra el 'fracking' ante el Parlament.

AGUSTÍ SALA
BARCELONA

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Aunque temporal, el Tribunal Constitucional (TC) ha otorgado un pequeño triunfo a la Generalitat al levantar  la suspensión de la normativa catalana que regula la fracturación hidráulica o fracking para la obtención de gas y petróleo. Tras ser recurrida por el Ejecutivo central, la norma que prohibía esta técnica en territorio catalán quedó suspendida desde noviembre pasado.

La Conselleria d'Empresa celebra que se haya levantado la suspensión del artículo 167.1 de la ley 2/2014, de acompañamiento de los presupuestos del 2014, que prohíbe estas prospecciones en suelo no urbanizable «cuando puedan tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas de la zona».

Pese a que el Tribunal Constitucional aún no se ha pronunciado sobre el fondo de la demanda, interpuesta por el Gobierno central, la medida facilita la labor de la Generalitat, según la conselleria que dirige Felip Puig. El Tribunal Constitucional entiende que no se dan las circunstancias para suspender la ley y, por tanto, el fracking sigue prohibido en Catalunya.

El Ejecutivo catalán ha manifestado en todo momento su voluntad de prohibir esta técnica de obtención de gas y petróleo en Catalunya, incluso aunque el Constitucional acabe anulando su regulación. En el Govern están convencidos de que, llegado ese caso, encontrarían las fórmulas para mantener el veto a la fractura hidráulica.

La perspectiva catalana es totalmente opuesta a la del Gobierno central. Mediante una reforma de la ley de hidrocarburos, el Ministerio de Industria introdujo un nuevo impuesto a la producción y explotación de petróleo y gas.

Para reducir las reticencias de los territorios, la norma aprobada por el Gobierno establecía que una parte de la recaudación fuera para las autonomías en las que se produzca la actividad, así como los ayuntamientos. Los propietarios de los suelos en los que se instalen las explotaciones también recibirán hasta el 1% del valor de lo obtenido mientras dure la concesión, según esta normativa.

Catalunya no es la única comunidad autónoma que decidió vetar esta técnica para obtener hidrocarburos. También Cantabria, Navarra y La Rioja la prohibieron en sus territorios. En todos los casos, el Gobierno central recurrió ante el Constitucional, que ya le ha dado la razón en tres de los cuatro casos.