LOS EFECTOS DE LA LOMCE
La justicia suspende el procedimiento de ayudas para escolarizar en castellano
El fallo del Tribunal de Justicia de Madrid atiende al recurso presentado por la Generalitat
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado un recurso de la Generalitat y ha pedido suspender el procedimiento de las ayudas de 6.000 euros para escolarizar en castellano que prevé la ley ogánica de mejora de la calidad educativa (LOMCE) hasta que se resuelva el recurso y el conflicto de competencias presentados por el Ejecutivo catalán ante el Tribunal Constitucional (TC).
La providencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo, atiende la petición de suspensión hasta que el TC resuelva el conflicto, "debiendo informarse sobre el estado de sendos procesos constitucionales cada tres meses".
INCONSTITUCIONALIDAD
El Constitucional admitió a trámite en abril del 2014 un recurso de inconstitucionalidad contra diversos preceptos de la LOMCE y en noviembre de ese mismo año un conflicto positivo de competencias por la disposición de la ley que regula el reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización en castellano.
Un total de 154 familias --40 este curso-- han presentado al Minsterio solicitud para recibir las ayudas para la escolarización en castellano, de las que 50 se han estimado favorablemente, siendo recurridas por la Generalitat todas ellas y uno de estos recursos es el que ha estimado el TSJM.
COMPENSACIÓN
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha precisado que el TSJM no ha dictado ninguna resolución de fondo sobre el procedimiento para la escolarización en castellano, sino que pide que el Constitucional se pronuncie sobre este aspecto recurrido.
Así lo han precisado fuentes de este departamento, que aseguran que lo que ha acordado este tribunal, a petición de Catalunya y sin oposición de la Abogacía del Estado, es suspender la tramitación de un contencioso-administrativo (913/2016) presentado por el Govern frente a una de las resoluciones del Ministerio en la que concedía una compensación económica a una familia catalana por los gastos de matriculación en un centro privado al no proporcionar Catalunya educación en castellano sostenida con fondos públicos.
En este sentido, las mismas fuentes sostienen que este procedimiento judicial se suspende, a petición de Catalunya, hasta que el TC resuelva. En todo caso, subraya que el TSJM no ha dictado "ninguna sentencia resolviendo el fondo del asunto".
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