El Supremo condena al capitán del Prestige y pone a la aseguradora en la picota

Imagen del 'Prestige', hundiéndose ante las costas gallegas, el 19 de noviembre del 2002.

Imagen del 'Prestige', hundiéndose ante las costas gallegas, el 19 de noviembre del 2002. / tg

MANUEL VILASERÓ / MADRID

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La catástrofe del Prestige ya no quedará impune. El Tribunal Supremo ha endurecido las raquíticas penas establecidas en 2013 por la Audiencia Provincial de A Coruña al condenar al capitándel buque, Apostolos Mangouras, a dos años de cárcel por un delito contra el medio ambiente en grado de imprudencia grave con resultado catastrófico. Una condena casi simbólica (el marino ya no volverá a la cárcel) pero muy relevante a efectos económicos ya que abre la puerta a que la aseguradora se haga cargo de las indemnizaciones, estimadas en 4.328 millones de euros por la fiscalía. 

La sentencia mantiene la absolución de los dos marineros que acompañaban a Mangouras y del exdirector general de la Marina Mercante, José Luis López-Sors, responsable de la polémica decisión de alejar el barco y llevarlo en un rumbo errático por toda la costa gallega. El Supremo argumenta que en la revisión de una sentencia absolutoria no puede cuestionar las pruebas y debe atenerse a lo que en primera instancia se consideraron hechos probados, en este caso, que no hubo negligencia por parte del funcionario. En consecuencia, el Estado español no tendrá que hacer frente e a ningún tipo de responsabilidad.

ACTUACIÓN TEMERARIA

La sentencia inicial había atribuido a Mangouras tan sólo un delito de desobediencia grave con un condena de 9 meses de cárcel por las tres horas que tardó Mangouras en aceptar el remolque del buque. El Supremo considera, en cambio, que tanto el capitán como el armador conocían el riesgo que comportaba llevar cabo la travesía con una nave con graves deficiencias, sobrecargada y una previsiones de fuerte temporal. “Actuaron  temerariamente y a sabiendas de que probablemente se causarían tales daños”, dicen los magistrados para después añadir que la actuación del capitán una vez se agrietó el buque no hizo más que agravar el problema.

El marino griego es absuelto, en cambio, del delito de desobediencia al considerarlo incluido en el reproche penal por su reacción tras la rotura. La demora de más de trece años en dictar la sentencia definitiva también juega a su favor ya que los jueces utilizan este argumento para aplicar la condena en su grado mínimo.

Al contrario que en la sentencia inicial, el Supremo declara “responsable civil directa” a la aseguradora The London P&I Club, que tenía un límite de cobertura en la poliza de 1 millon de dólares, unos 922.000 euros. En lo que pase de esta cantidad, la indemnización debería ser cubierta por el armador del barco, la compañía helena Mare Shiping

BLINDAJE DE LA ASEGURADORA

La Audiencia Provincial fijará la cantidad a indemnizar al dictar la ejecución de la sentencia. La vara de medir no parece que vaya a quedarse corta. “La misma debe abarcar la restitución, reparación del daño, tanto el emergente como el lucro cesante, incluido el daño medioambiental en sus distintos aspectos, y la indemnización de perjuicios materiales y morales”, establece el Supremo.

Cobrar no será nada fácil. Habrá que resolver un conflicto de jurisdicciones porque la aseguradora, temiendo una sentencia desfavorable, logró fijar ese tope de 1.000 millones a través de la justicia británica. Poco después del hundimiento depositó 22 millones de euros en el juzgado de Corcubión y eso es todo lo que estaba dispuesta a pagar. Mare Shiping pertenece a un entramado de empresas que se pierden en los paraisos fiscales y que será muy complicado abone cantidad alguna. 

La Fiscalía había calculado el daño en 4.328 millones de euros, mientras que el Estado valoró sus propios gastos en 984,8 millones, cifra que incluiría los adelantos de las indemnizaciones a cerca de 18.000 afectados. 

CELEBRACIÓN DEL FISCAL

Tras conocer el veredicto final, el fiscal del caso, el titular de Medio Ambiente en Galicia, Álvaro García Órtiz, celebró que el TS haya asumido sus tesis y vaticinó que "cómo mínimo, se hará frente a mil millones de dólares de responsabilidad civil a través de la aseguradora". 

El fallo también declara la responsabilidad civil del Fondo Internacional para la Indemnización de Daños causados por Hidrocarburos (Fidac), pero en este caso solo tiene pendiente de abonar 30 millones de euros para llegar a los 150 que establecen los convenios internacionales. 

{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"El vuelco que ha dado el Tribunal Supremo a la sentencia inicial del Prestige ha dado una peque\u00f1a alegr\u00eda a las organizaciones ecologistas que, sin embargo, siguen creyendo que el proceso ha adolecido de graves fallos. La reacci\u00f3n m\u00e1s optimista ha sido la\u00a0de la Plataforma Nunca Mais, cuyo represenante legal, Pedro Trepat, destac\u00f3 que con la nueva sentencia \"se acaba con aquella situaci\u00f3n de un desastre sin un responsable\". Esa es la parte positiva en la que todos coinciden, pero para Grrenpeace y Ecologistas en Acci\u00f3n pesa m\u00e1s el hechio que los aut\u00e9nticos responsables, el armador, el propietario y el Gobierno no figuren en el veredicto. \"Es insuficiente porque no sirve para prevenir que un caso as\u00ed se repita\", ha afirmado Mario Rodr\u00edgez, director de Gfreenpeace Espa\u00f1a.\u00a0","text":null}}