El Supremo multa al Ayuntamiento de Lleida por recurrir sobre el burka

El alto tribunal impone 90 euros al consistorio por "temeridad" al apelar la sentencia

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ElTribunal Supremo ha rechazado el incidente de nulidad que elAyuntamiento de Lleida presentó para que anulara sus actuaciones en el caso de la prohibición del uso del velo islámico en los edificios públicos de la ciudad, de modo que este municipio acudirá ahora ante el Tribunal Constitucional (TC). ElSupremo acepta así la opinión del fiscal y adémás le impone una multa de 90 euros más los costes del recurso por "temeridad" en su petición de nulidad de la sentencia.

El consistorio explicó el pasado 22 de marzo, cuando anunció este incidente de nulidad de actuaciones ante el Supremo, que su intención es acudir ante el TC, porque cree que laprohibición del burka y el velo islámico tiene como fin preservar la igualdad entre hombre y mujer y también defender la dignidad de la mujer, derecho que debe prevalecer, cree, sobre el de libertad religiosa.

El Tribunal Supremo anuló la medida impuesta por el Ayuntamiento que dirige Àngel Ros que prohibía el uso del velo islámico y otras prendas que oculten el rostro, como el burka, en sus edificios municipales. En aquel dictamen el Supremo afirmaba que "la prohibición del velo integral constituye una limitación del ejercicio de la libertad religiosa".

Fuera de contexto

El Supremo responde ahora al consistorio para rechazar su incidente de nulidad de actuaciones que su sentencia "en ningún momento imputa al ayuntamiento que pretenda regular la libertad religiosa, sino que lo que hace es razonar que vulnera su ejercicio, que es harto distinto".

El alto tribunal rechaza que se haya vulnerado el derecho a la tutela judicial del ayuntamiento porque se haya cometido un error jurídico en su sentencia. Además, reprocha al consistorio que saque de contexto en su recurso párrafos concretos de la sentencia para hacer "crítica que parte de una falta de respeto a la verdad".