Multado con 30 euros el repartidor que agredió a 'MrGranbomba' por llamarle 'cara anchoa'

El tribunal considera que el 'youtuber' trata con falta de consideración a los destinatarios de sus bromas

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El juzgado de Instrucción número 8 de Alicante ha condenado a pagar una multa de 30 euros al repartidor que propinó una bofetada al 'youtuber' alicantino 'MrGranbomba' por haberle llamado "cara anchoa" durante una de sus bromas de cámara oculta. Además, le exime de pagar una indemnización al denunciante.

En la sentencia se reconoce que el conocido 'youtuber' se ha lucrado gracias al vídeo de la broma. De este modo, expone que realiza una "actividad profesional" en virtud de la cual hace una actuación "calificada como broma" que, "cuando menos, supone una falta de consideración a los destinatarios de dicha actuación, introduciéndoles de forma no consentida ni autorizada en una actividad que les convierte en actores involuntarios de un 'show' que reporta un beneficio económico al denunciante".

GAJES DEL OFICIO

También destaca que 'MrGranbomba' ha manifestado su consentimiento a la lesión con la grabación de al menos un vídeo en el que expresa que "se lo ha ganado" y son "gajes del oficio". Asimismo, destaca que dicho consentimiento no era conocido por el denunciado, por lo que el hecho de que le agrediese debe de considerarse “punible”.

La sentencia aprecia la legítima defensa del repartidor denunciado, ya que lo que existe es "una apreciación errónea de la realidad", al creer que podía estar siendo víctima de un robo. Con todo, el tribunal desestima que el repartidor actuara con "arrebato u obcecación".

UNA CONDENA MENOR A LA QUE PEDÍAN

El fallo establece una condena menor a la que pedía tanto la acusación particular (180 euros y una indemnización de 300 euros), como la fiscalía, que solicitaba una multa de 120 euros. El abogado del repartidor, Carlos Manuel Frigola, ha expresado, en declaraciones a Europa Press, que es una "gran sentencia", aunque discrepa "respetuosamente" del fallo en su sentido condenatorio "residual".

En este sentido, ha explicado que la resolución "pasa por un reiterado y justificado reproche al 'youtuber", por lo que considera que el fallo se trata casi de una absolución, al dictar una pena muy inferior a la solicitada por la acusación particular e incluso por debajo de la del fiscal".

Por último, el abogado defensor ha destacado que el fallo contempla como hecho probado que se dijo el insulto "cara anchoa" en dos ocasiones, así como que se hace eco de todos los insultos, "cuestionando que sean bromas, y la justificación del 'youtuber' al expresar que realiza su profesión porque se lo piden sus 500.000 suscriptores". También ha destacado que los jueces aprecian una posible manipulación del vídeo.