La muerte de Excálibur, el perro del ébola, fue "inevitable"
Un juez rechaza un recurso de Teresa Romero, la auxiliar de enfermería, que pedía una indemnización
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado un recurso de Teresa Romero, la auxiliar de enfermería que se infectó de ébola, y su marido en el que solicitaban a la Comunidad de Madrid una indemnización por el sacrificio de su perro Excalibur al considerar que fue "inevitable". Los dueños del can pedían 150.000 euros por los "daños morales" que les causó su sacrificio.
La sentencia, según informa Efe, desestima el recurso de Romero y Javier Limón contra la resolución de febrero del 2015 de la Consejería de Sanidad, que rechazó la reclamación patrimonial presentada en noviembre del 2014 por el matrimonio, un mes después de la muerte del animal en su domicilio de Alcorcón.
SACRIFICADO A PESAR DE LA NEGATIVA DEL DUEÑO
Su petición se basa en que a pesar de que el marido de Teresa se negó a sacrificar al animal dado que no existían pruebas de que estuviera infectado de ébola, Sanidad emitió una resolución -ratificada por el Juzgado de lo conencioso-administrativo número 2 de Madrid- para entrar en su domicilio y sacrificar al perro.
"Dicha decisión fue adoptada de manera precipitada, sin las precauciones adecuadas, no se procedió a hacerle las pruebas necesarias para determinar si el perro contagiado, por lo que se decidió matarle", añade la pareja.
Excalibur fue ejecutado por el equipo del Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria de la Complutense de Madrid, decisión que el tribunal abala al entender que "fue inevitable proceder al sacrificio del perro". También añade que era imposible conseguir "trasladarlo vivo y custodiarlo por personal entrenado que pudiera seguir un protocolo de actuación y en un establecimiento con condiciones de bioseguridad adecuadas" para impedir el contagio de terceras personas.
ALTO RIESGO DE EPIDEMIA
La Sala ha reconocido el "escaso conocimiento científico sobre la prevención y tratamiento del virus, y sobre la infección y potencial riesgo de transmisión de los perros" aunque deja claro que a todos los dueños de animales se les deriva la carga impuesta de soportar el sacrificio de los mismos "como medida de salvaguarda de salud pública". También precisan que este caso en concreto suponía "un alto riesgo de epidemia por contagio del virus del ébola".
Por todo ello, la Sala determina que Romero y su marido no tienen derecho a ser indemnizados por la Comunidad de Madrid al tiempo que les condena en costas, si bien la decisión no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. De hecho, el abogado de Teresa Romero, Jose María Garzón ha anunciado que recurrirán ante el alto tribunal al insistir que no se tenía que haber sacrificado al perro porque no había ninguna evidencia de que el animal se contagiara de la enfermedad.
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