Fin de la exclusión
Las personas con discapacidad podrán integrar jurados populares a partir de 14 de febrero
El Boletín Oficial del Estado publica este jueves la reforma de la ley
Las personas con discapacidad podrán formar parte de un tribunal del jurado en un plazo de dos meses tras la publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la reforma de la ley que pone fin a la exclusión de este colectivo, que no podía acceder al desempeño de esa función.
La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado de 1995, fue aprobada por unanimidad en el Senado el pasado 29 de noviembre, después de que en el trámite en el Congreso también lograse el consenso de todos los partidos.
Según ha informado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) en un comunicado, la reforma "destierra del ordenamiento jurídico una discriminación contra el acceso de las personas con discapacidad a la justicia, que contravenía gravemente la Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas".
Este comité valora este avance y señala que es un "precedente valioso" de las reformas pendientes en materia de acceso a la justicia, como la modificación del Código Civil para establecer un sistema de apoyos a la toma de decisiones o para la eliminación del internamiento involuntario por razón discapacidad psicosocial.
En la norma aprobada en 1995 se establecía que para ser miembro de un tribunal popular no había que estar afectado por discapacidad física o psíquica. El texto que ha sido aprobado especifica que para ser jurado habrá que "contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función del jurado".
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