sentencia clarificadora
Grabar al jefe mientras te despide es legal
El Tribunal Supremo rechaza la demanda de un apoderado contra una empleda
Grabar al jefe con el móvil, sin su consentimiento, mientras te entrega una carta de despido o te sanciona no atenta a su intimidad ni al secreto de las comunicaciones. Así lo establece una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo conocida ayer que confirma una resolución anterior de la Audiencia Provincial de Vizcaya. En ella se desestimó la demanda presentada por el apoderado de una sociedad mercantil que demandó a una de sus empleadas tras saber que le había grabado la conversación por la que se le suspendía de empleo y sueldo.
El empresario había demandado a la empleada y solicitado una indemnización de 3.000 euros por entender que la mujer había lesionado su derecho constitucional a la intimidad. La resolución del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá Jimena, señala que la conducta de la empleada -quien se consideraba sometida a un hostigamiento laboral continua- o por parte de su jefe, incluyendo ofensas verbales y escritas-, no supuso una intromisión ilegítima en la intimidad de sus superior.
La razón es que la conversación grabada no contenía ningún dato que pudiera considerarse como concerniente a la vida íntima o personal del directivo, que actuaba como representante de la empresa y en el ejercicio de facultades disciplinarias respecto de ella. El Tribunal Supremo considera que esta actuación no supone «una manifestación de su intimidad».
EN LA CALLE / La sentencia del Supremo señala que la relación de conflicto de la empleada con su jefe añade «una nota de razonabilidad a la conducta de la demandada». La conversación se desarrolló en la puerta de la empresa en agosto del 2009 y justo en el momento en el que el apoderado le entregaba a la demandada una carta de amonestación y sanción de suspensión de empleo y sueldo.
Porque los hechos tuvieran lugar en la vía pública y no en el puesto de trabajo «tampoco puede considerarse que hubiera por ello una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal» del apoderado dado que estaba actuando «en su condición de representante de la empresa y en el ejercicio de responsabilidades disciplinarias».
El Supremo también destaca el hecho de que la grabación «ni siquiera llegó a ser utilizada en el proceso laboral en el que se propuso como prueba» y tampoco fue difundida públicamente.
- Muere Itxaso Mardones, reportera de Gloria Serra en 'Equipo de investigación', a los 45 años
- Hacienda te devuelve 300 euros si tienes un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos: así tienes que ponerlo en la declaración de la renta
- ¿Llamadas que cuelgan? Así son las robollamadas, la nueva táctica de spam telefónico
- La querella del novio de Ayuso se admitirá a trámite pese a la campaña del fiscal para que sea rechazada
- El cabecero de madera de Ikea que se ha convertido número uno en ventas por su precio y facilidad de montaje
- La mitad de los nuevos trabajadores indefinidos o son despedidos o renuncian al cabo de un año pese a la reforma laboral
- Sondeo elecciones Catalunya: Los catalanes prefieren a Illa como president y puntúan mejor a Aragonès que a Puigdemont
- El turista vizcaíno Álex García repatriado de Tailandia se encuentra ingresado en la UCI "estable y animado