NUEVO DECRETO

El Govern indemnizará a las mujeres víctimas de la violencia machista

Percibirán hasta 3.000 euros por secuelas, lesiones corporales o daños en la salud física o psíquica

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El Govern indemnizará con hasta casi 3.000 euros a las mujeres víctimas de la violencia machista en Catalunya que sufran secuelas, lesiones corporales o daños en la salud física o psíquica, según ha anunciado este miércoles la 'consellera' de Benestar i Família, Neus Munté.

En su comparecencia ante la Comisión de Igualdad de las Personas en el Parlament, Munté ha indicado que el importe de esta indemnización oscilará entre 5 y 10 veces el indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC) mensual, que los presupuestos de la Generalitat en el 2014 fijaron en 569,12 euros mensuales.

Este derecho también se reconoce a favor de los hijos e hijas de las víctimas mortales por violencia de género que sean menores de 26 años y dependientes económicos en el momento de la muerte de la madre.

En el caso de las mujeres que sufran secuelas, lesiones o daños físicos o psíquicos, recibirán un importe que será de cinco veces el IRSC, lo que equivale a 2.845 euros; en el de las mujeres con una discapacidad del 33% o seropositivas, la cantidad se incrementará un 25%, mientras que para los hijos de víctimas mortales la indemnización será de 10 veces el IRSC mensual -casi 5.700 euros-.

La 'consellera' ha indicado que con esta indemnización se garantizará el "derecho subjetivo" a que las mujeres que han sufrido la violencia machista tengan unos "ingresos económicos para facilitar su recuperación y reparación integral".

Las mujeres víctimas de la violencia de género podrán optar a esta subvención siempre que presenten una solicitud tras obtener una resolución judicial que así lo acredite, derecho que prescribirá a los 12 meses.

El decreto que aprobará el Govern fija que esta indemnización económica se concederá en una sola ocasión y se abonará en un único pago.

Las personas beneficiarias de esta ayuda deberán estar empadronadas en Cataluña y no tener rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional vigente, y con notables dificultades para encontrar un empleo, hecho que tendrá que certificar el Servei Català d'Ocupació (SOC).