PROCESO JUDICIAL CONTRA UN PEDERASTA CONFESO

La fiscalía rechaza que los Maristas acusen al pederasta Benítez porque pueden ser responsables

El escrito considera "previsible" que la orden religiosa deba asumir la responsabilidad civil

Joaquím Benítez, el pasado 29 de febrero, entrando en el Instituto de Medicina Legal de Catalunya,

Joaquím Benítez, el pasado 29 de febrero, entrando en el Instituto de Medicina Legal de Catalunya, / periodico

J. G. ALBALAT / GUILLEM SÁNCHEZ / BARCELONA

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La Fiscalía de Barcelona se ha opuesto de forma tajante a que la Fundación Champagnat, en representación de los Maristas, ejerza la acusación particular contra el exprofesor de gimnasia del colegio de Sants-Les Corts y pederasta confeso Joaquim Benítez. A su entender, dicha entidad no reúne los requisitos necesarios para actuar como tal, a la vez que advierte de que, en todo caso, se le podría considerar responsable civil subsidiario para hacer frente a posibles indemnizaciones en el supuesto de una eventual condena al exdocente.

El fiscal Fernando Morenés destaca en el escrito remitido al juez que para que una persona, física o jurídica, pueda comparecer en un proceso penal como acusación particular es necesario que haya sido directamente ofendida por la actividad delictiva. Agrega que en todas las denuncia presentadas se hace referencia a delitos contra la libertad e indemnidad sexual realizados por un profesor del colegio y siendo víctimas diversos alumnos.

“Pues bien, dicho esto, se escapa a la lógica de qué manera ha podido ser ofendida la fundación en estos delitos, independientemente del menoscabo de su fama o excelencia en la enseñanza impartida por los centros”, un hecho que “evidentemente escapa al ámbito penal”, incide el fiscal. En este sentido, argumenta que si los Maristas o el colegio donde ha ejercido Benítez consideran que ha padecido perjuicios, la fundación de la orden religiosa tiene la posibilidad de presentar una demanda civil contra la persona que ha sido denunciada, es decir el exprofesor de gimnasia.

ACUSADA, NO ACUSACIÓN

La fiscalía apunta que, además, “es previsible” que se dirija la acusación contra la Fundación Champagnat como responsable civil subsidiaria, para que, en el caso de que Benítez no pueda cubrir la eventuales indemnizaciones si se produce la condena, sí lo pueda hacer la entidad vinculada a la orden religiosa y que ostenta la titularidad del colegio de Sants-Les Corts donde se produjeron los abusos sexuales por parte del que fuera profesor de gimnasia. Ante esta posibilidad, el fiscal solicita al juzgado que se dé traslado de las diligencias judiciales a la fundación.

Al menos, seis de las víctimas de Benítez que se han personado como acusación particular en el proceso judicial también han rechazado que la fundación de los Maristas se persone como tal. El abogado de estos afectados, Iban Fernández, destaca en el escrito que ha enviado al juzgado que la condición de acusación particular viene referida al interés individual que ostentan “quienes han sido directamente perjudicados por los efectos y las consecuencias lesivas” de los delitos. Por tanto, el principal interés para ejercer esta acción son las víctimas. Y es que esta es quien puede logar el “restablecimiento del daño” causado,