La Eurocámara refuerza la protección del ciudadano en las hipotecas

ELISEO OLIVERAS / Bruselas

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El Parlamento Europeo ha aprobado el texto definitivo artículo por artículo de la nueva directiva comunitaria de créditos hipotecarios, que refuerza la protección de los consumidores y que abre la vía a los acuerdos de dación del piso en pago de la hipoteca. La nueva legislación también reforzará la obligación del banco de verificar que el cliente disponga de una capacidad real de devolver el préstamo. El texto es fruto de compromiso alcanzado en abril entre el Parlamento Europeo y los representantes de los gobiernos europeos en Consejo de Ministros de la Unión Europea.

La Eurocámara, sin embargo, no ha formalizado el voto legislativo final sobre el conjunto de la nueva directiva para que pueda entrar en vigor, que ha retrasado hasta llegar a un acuerdo con los Veintiocho en el Consejo de Ministros de la UE para que acepten una supervisión estricta de la trasposición de la directiva comunitaria a la legislación nacional para lo que tendrán dos años de plazo. La directiva deja un amplio margen de maniobra a los estados en la adaptación de sus principios a la legislación nacional y los eurodiputados quieren que la Comisión Europea supervise de cerca que se haga de forma correcta esa trasposición a las leyes nacionales debido a la enorme importancia social de la legislación sobre hipotecas.

La directiva europea establece unos estándares de información mínimos garantizados para evitar abusos sobre las condiciones del préstamo, los tipos de interés y las comisiones a pagar por el consumidor y para que sean fácilmente comparables entre las distintas entidades financieras. La nueva normativa prohíbe expresamente la práctica habitual actual de condicionar la concesión de la hipoteca a la adquisición también por parte del consumidor de un contrato de seguros u otros productos bancarios.

Entregar el piso

La nueva legislación abre la posibilidad de entregar el piso como pago para saldar la deuda de la hipoteca si así se ha pactado previamente en el contrato entre el consumidor y la entidad bancaria y establece que los estados no pueden prohibir esa práctica.

La directiva exigirá también una tolerancia razonable en el caso de que el comprador afronte dificultades financieras graves y que el desahucio y la ejecución forzosa no sea la primera opción que apliquen los bancos. Asimismo, limitará los cargos por impago de las cuotas y requerirá a los estados que adopten medidas para facilitar que los consumidores salden sus deudas.