Uno de cada 10 edificios religiosos catalanes está en mal estado o amenaza ruina

LAURA BIELA / LLEIDA

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Cuando aún siguen frescas las imágenes del desplome del campanario de la iglesia de Sant Pere de Rosselló (Segrià), la amenaza de que puedan producirse nuevos derrumbes por el mal estado de algunos templos y edificios eclesiásticos sigue vigente. El inventario del Patrimonio Cultural Catalán tiene contabilizados hasta mayo del 2016 un total de 3.938 edificios religiosos en Catalunya, cifra que incluye los protegidos y los que no lo están. Y aunque consta que 2.863 están en "buen estado", según la clasificación de los técnicos de Patrimonio de la Conselleria de Cultura, también aparecen 355 (casi el 10% del total) en "mal estado (184) o en ruina (171)". En estos casos serían necesarios cientos de millones de euros para paliar su deterioro.

La ley establece que es el propietario de cada inmueble quien tiene que costear los trabajos de mejora que se han de llevar a cabo. Joan Ramón Ezquerra, director del Departamento de Bienes Inmuebles del Obispado de Lleida, alega que actualmente es imposible para la Iglesia hacer frente a esta obligación. "Sólo se reparan los problemas más graves", apunta Ezquerra. La Iglesia requiere ayudas de la Generalitat, de las diputaciones e incluso de los ayuntamientos, "por poco que sea", con el fin de poder realizar las obras necesarias para conjurar el peligro que representan esos edificios degradados.

La Diócesis leridana destina cada año 100.000 euros a la reparación y manrtenimiento de sus edificios religiosos, suma que es a todas luces insuficiente. Los responsables de todos los inmuebles deben presentar anualmente un informe del estado del templo, adjuntando la cantidad de dinero aproximado que necesitan para llevar a cabo las mejoras. Tejados principalmente. Y tras recabar toda la información, el Obispado valora los trabajos a realizar, la urgencia y el importe solicitado, y distribuye el dinero. "Es imposible hacer frente a todas las peticiones", comenta Ezquerra, quien asegura que la suma de todas las solicitudes supera año tras año los 300.000 euros.

PETICIONES DE AYUDA

No todas las diócesis trabajan igual. Hay otras que, cuando tienen el dinero para llevar a cabo una reforma, la hacen. No tienen un presupuesto fijo para invertir. Este sería el caso del Obispado de Solsona, que "actúa en función de la urgencia del deterioro, al no poder hacer frente a todas las solicitudes", apunta Carles Freixes, miembro de la Comisión de Patrimonio de esta Diócesis. Comenta que, a pesar de no tener todo el dinero que les gustaría, realizan anualmente una veintena de trabajos de mejora.

Y aunque cada diócesis trabaja a su manera, todas se encuentran con una misma necesidad: la falta de recursos económicos para invertir en su patrimonio. Este es el motivo principal por el que muchas solicitan ayuda a las Administraciones públicas para seguir preservando los edificios religiosos.

Los edificios religiosos no catalogados como bien de interés cultural no tienen que realizar mantenimientos cada cierto tiempo, pero sí el deber de reparar los desperfectos que se vayan presentando. En Catalunya, de los 3.938 edificios religiosos contabilizados, 2.468 no tienen ningún tipo de protección. De este último grupo, 1.775 están en buen estado; 447 en un estado "medio", según calificación de los técnicos de Patrimonio; 117, "malo"; y 128 "en ruina". El edificio restante aparece en el informe como "desaparecido".

OBRAS POR PELIGRO INMINENTE

Los que sí tienen obligaciones son los edificios declarados Bien Cultural de Interés Nacional (BCIN) y Bien Cultural de Interés Local (BCIL). De estos, en Catalunya hay 203 BCIN y 1.144 BCIL. Sus propietarios, según establece la ley del Patrimonio Cultural Catalán, de 1993, "los tienen que preservar y mantener para asegurar su valor cultural". En su caso, sí optan a subvenciones para realizar obras de restauración y conservación de estos edificios de notable valor cultural. La Generalitat convoca la concesión de estas ayudas cada dos años.

En el caso de que los titulares de estos edificios no cumplan con su deber de conservarlos, la Conselleria de Cultura puede ordenar, según la ley anterior, "a los propietarios, titulares de otros derechos reales y poseedores de estos bienes la ejecución de las obras o la realización de las actuaciones que sean necesarias para preservarlos, conservarlos y mantenerlos". Asimismo, en caso de peligro inminente, la administración competente puede ejecutar las obras imprescindibles para salvaguardar el bien sin necesidad de un requerimiento previo.