La defensora del Pueblo recurre los presupuestos de la Generalitat por limitar la autonomía universitaria

Estudiantes a punto de comenzar el examen de selectividad

Estudiantes a punto de comenzar el examen de selectividad / EFE / SERGIO BARRENECHEA

Á. VÁZQUEZ / MADRID

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La defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha decidido recurrir los presupuestos de la Generalitat ante el Tribunal Constitucional. Lo ha hecho a instancias de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que le remitió un informe sobre la disposición 21ª de la norma que considera que, de cara al proceso soberanista, "promueve un sistema universitario paralelo" al limitar el derecho de las universidades a determinar las condiciones de acceso a su cuerpo docente y coarta su libertad para seleccionar su personal docente e investigador.

El sindicato considera que, gracias al Plan Serra Húnter, la Generalitat desde hace cinco años evita los concursos públicos a cuerpos docentes universitarios nacionales (titular y catedrático de Universidad) y solo convoca plazas de contratados laborales dentro del sistema universitario catalán conforme a los criterios que establece el Gobierno de esta comunidad autónoma. En la actualidad, en las universidades catalanas solo hay 5.692 funcionarios del Estado frente a 13.600 contratados por la Generalitat.

La ley establece que el personal docente e investigador contratado no podrá superar el 49% del total (el 40% en el caso del personal temporal) pero, a fecha del pasdo 1 de enero, en la Universitat de Barcelona solo había 2.200 funcionarios, frente a 4.000 laborales contratados por la Generalitat. De ahí que para el sindicato, el Plan Serra Húnter sea "una amenaza a la autonomía universitaria y una injerencia evidente de la administración catalana en la capacidad de las universidades para contratar su personal docente e investigador".

SIN RELACIÓN CON PRESUPUESTOS

Sostiene que la Generalitat determina el número de contrataciones, nombra parte de los tribunales, establece el número y las características de las pruebas, marca los criterios generales de valoración de los candidatos. Y la ley de presupuestos, al incluir el precepto impugnado, organiza el personal docente e investigador de las universidades públicas de Catalunya sin que ello guarde relación con el contenido propio de una norma presupuestaria.

La disposición adicional 21ª establece que la reposición de efectivos para el año 2017 debe realizarse mayoritariamente en el marco de la contratación de personal académico de excelencia del Plan Serra Húnter, lo que, según la defensa del Pueblo, lesiona el derecho fundamental a la autonomía universitaria de las universidades, reconocido en el artículo 27.10 de la Constitución, y la competencia que corresponde al Estado en materia de universidades. Ello porque impide la provisión de plazas a través de las figuras funcionariales del Estado de los cuerpos docentes universitarios (esencialmente profesor titular y catedrático), lo que limita las opciones de las universidades catalanas frente a las del resto de España en la configuración de sus plantillas.