Una tradición en el alambre

Dar y recibir regalos puede ser castigado con 4 años de cárcel

El nuevo Código Penal incluye la corrupción entre particulares

SONIA GUTIÉRREZ
BARCELONA

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Con la reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, los regalos de empresas están en el punto de mira. Esta práctica es muy habitual en periodo navideño y normalmente no pasa de un detalle de cortesía. Pero si el juez considera que el obsequio en cuestión no ha sido desinteresado, sino que la verdadera intención es obtener a cambio algún beneficio frente a los competidores, podrá ser castigada con multas, penas de seis meses a cuatro años de prisión e inhabilitación de uno a seis años.

El Código Penal regula la corrupción entre particulares en el artículo 286 bis, en el que se castiga no solo a quien ofrece un regalo no justificado sino también a quien lo acepte.El texto establece que comete un delito quien prometa u ofrezca a «directivos, administradores, empleados o colaboradores» de una empresa, fundación u organización «beneficios o ventajas no justificados para que le favorezca a él o a un tercero frente a otros», incumpliendo sus obligaciones en la compra o venta de mercancías o en la contratación de servicios profesionales. También castiga, con las mismas penas, a quien solicite o acepte ese beneficio. Antes de la reforma del Código Penal, solo se perseguía el soborno cuando había funcionarios implicados.

EL LÍMITE / El texto no cuantifica dónde está la frontera entre el regalo de cortesía y la corrupción, por lo que será el juez el que valore en cada caso si se ha traspasado el límite. Muchas grandes empresas han incorporado códigos internos de buena conducta que dan instrucciones sobre estas prácticas, entre otras. Algunas prohíben aceptar obsequios valorados en más de 100 o 150 euros.

También en el deporte se perseguirá la corrupción entre particulares, que se da por ejemplo cuando se amañan partidos. El Código Penal hace mención expresa de las entidades deportivas y los propios deportistas, árbitros y jueces, y castiga «las conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales».

Los jueces podrán castigar con las mismas multas y penas de cárcel previstas para los empleados de las empresas, por ejemplo, tanto a los deportistas que acepten primas por dejarse ganar como a los responsables de los clubs que las ofrezcan.