POLÍTICA ENERGÉTICA
El Constitucional suspende la ley catalana que prohíbe el 'fracking'
El Gobierno recurrió la decisión del Ejecutivo catalán y que también se adoptó en Cantabria, Navarra y La Rioja
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la ley catalana que prohíbe la fractura hidráulica ('fracking') en esta comunidad y ha suspendido provisionalmente la norma recurrida.El 'fracking' es una técnica por la que se quiebra la roca madre y se extrae hidrocarburo contenido en la piedra destruida.
Cantabria, Navarra, La Rioja y Catalunya han prohibido esta técnica en sus territorios, pero el Gobierno central ha recurrido en contra de esas leyes y el Constitucional ya le ha dado la razón en los casos de Cantabria y La Rioja.
La ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público en Catalunya fue recurrida por el Ejecutivo el pasado mes de octubre con el argumento de que "establece la prohibición -que en la práctica es absoluta- del uso de la técnica de fracturación hidráulica en el aprovechamiento de hidrocarburos".
El Ejecutivo central consideraba en su recurso que habían sido invadidas sus competencias y aludía al caso de Cantabria, su establecimiento de una prohibición análoga y la anulación ya decidida por el Tribunal Constitucional.
ALEGACIONES
El tribunal de garantías dará traslado ahora de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Generalitat catalana y al Parlament para que puedan personarse en el proceso y formular sus alegaciones.
La admisión a trámite implica automáticamente la suspensión provisional durante cinco meses de la norma recurrida cuando así lo solicita el Gobierno, como ha sucedido en este caso, según la Constitución.
Al haberlo pedido el Ejecutivo, la norma queda suspendida en tanto el Constitucional no resuelve el fondo del asunto o, en su caso, hasta que decida, cumplido el plazo de cinco meses, si prolonga la anulación cautelar de la norma.
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