El Constitucional avala el registro de médicos objetores al aborto

El tribunal respalda la ley navarra recurrida por el PP

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El Tribunal Constitucional ha avalado que se regule un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo, según han informado fuentes juríficas.

El alto tribunal ha examinado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por diputados populares contra a la ley Navarra por la que se crea un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo. El Constitucional conlcuye su examen avalando la norma navarra, aunque el fallo cuenta con un voto particular, según las misma fuentes.

El PP entendía que esta norma no era compatible con la Constitución porque establece restricciones al ejercicio de un derecho fundamental". Así lo explicó en su día el presidente del Partido Popular de Navarra, Santiago Cervera, que indicó que la norma "supone una restricción fundamental al derecho básico de los profesionales sanitarios de ejercer su libertad de conciencia y de ideología, reconocida en el artículo 16.1 de la Constitución".

En octubre de 2010 el Parlamento de Navarra aprobó la ley foral que regula la creación de registros de objetores de conciencia a la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo, una iniciativa del PSN que fue apoyada por NaBai e IU y a la que se opusieron UPN y CDN. Los promotores de la norma justificaron la creación de este registro para garantizar el acceso de las mujeres a la prestación sanitaria.