SENTENCIA ABUSOS

Condenado a 12 años por abusar de dos turistas que hospedó en su casa

Las chicas encontraron alojamiento gratuito a través de la página web 'airbnb'

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a once años y nueve meses de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de dos turistas estadounidenses que se hospedaron en su casa, a través de web de búsqueda de alojamiento, aprovechando que estaban ebrias o bajo los efectos de una droga que les hizo ingerir. En su sentencia, la sección séptima de la Audiencia condena al procesado, Pablo César Córdoba, por dos delitos de abusos sexual con penetración, pero lo absuelve por falta de pruebas de la violación de otra mujer que se alojaba en su casa y que no compareció en el juicio, al ser una ciudadana rusa que estaba de paso en Barcelona.

Además de los dos abusos sexuales, el tribunal condena al procesado por otro dos delitos de descubrimiento de secretos y de amenazas, dado que también les grabó sus partes íntimas y amenazó con difundir las imágenes si no retiraban su queja a la web de alojamiento 'airbnb', a través de la cual las mujeres se hospedaron en el domicilio de Pablo César Córdoba en Barcelona.

El tribunal, que acordó celebrar el juicio a puerta cerrada, impone al procesado las penas mínimas por los delitos que se le imputan, teniendo en cuenta que éstos ya le suponen una condena elevada y también que había consumido alcohol, lo que según la sala "debió limitar sus facultades volitivas, reduciendo su capacidad de controlar sus impulsos, aunque en grado muy leve (...)". Según cree probado el tribunal, el procesado, de nacionalidad colombiana, alquiló en octubre de 2011 una habitación de su casa a las dos turistas, con las que salió a cenar y a tomar unas copas, tras lo que regresaron al domicilio.

La sala sostiene que, mientras las jóvenes estaban muy afectadas por el consumo de alcohol o de otras sustancias no determinadas, el procesado abusó sexualmente de ellas, llegando a penetrarlas, sin que pudieran oponer resistencia debido al estado de somnolencia en el que se encontraban.

La Fiscalía mantenía en su escrito de acusación que el procesado había drogado previamente a las víctimas introduciendo alguna sustancia en las bebidas, pero la sala considera que ese extremo no ha quedado acreditado pese a las "fuertes sospechas de que así fuera". "En cualquier caso, fuera por la administración de una sustancia, fuera por el consumo de alcohol, lo que es patente es que las dos denunciantes carecían de capacidad para autodeterminarse sexualmente y este hecho era plenamente conocido por el acusado (...)", precisa la Audiencia de Barcelona.

Según la sala, la noche en que sucedieron los hechos el acusado realizó varias fotografía de las víctimas, captándolas semidesnudas y tomando imágenes directas de sus partes genitales íntimas, así como de los momentos en que las penetró. Cuando las jóvenes presentaron denuncia y comunicaron lo sucedido a la web 'airbnb.com', el procesado remitió a una de las jóvenes un correo en el que explicaba que le habían excluido del portal de alojamiento y la amenazaba con divulgar las imágenes por internet si no retiraba su queja.

El tribunal cree que no hay suficientes pruebas para condenar a Pablo César Córdoba por otra agresión sexual a una ciudadana rusa que se hospedó en su casa a través de la web 'coachsurfing', que proporciona alojamiento gratuito por internet. La sala reconoce que la declaración que la denunciante prestó en fase de instrucción, algún dato periférico y la conducta del acusado "arrojan fuertes sospechas de que la imputación se ajuste sustancialmente a la realidad, pero la alta probabilidad que cabe valorar no es suficiente para despejar la duda razonable".

En opinión del tribunal, dado que no se pudo localizar a la perjudicada para que declarara en el juicio, los hechos "son difusos, situados en una frontera tenue entre el delito representado por el uso de la amenaza y de la fuerza física para lograr el acceso sexual y la mera insistencia agobiante del acusado en busca de satisfacer sus deseos prevaliéndose de la débil posición de una turista extranjera en una ciudad extraña, conducta moralmente reprobable, pero no delictiva".

La sala condena también al procesado a indemnizar con 12.000 euros a cada una de las dos turistas norteamericanas y acuerda el decomiso de las cámaras de grabación y de los soportes que almacenaban sus imágenes íntimas.