Catalunya garantiza la asistencia sanitaria a los catalanes que hayan vivido en el extranjero

La norma rechaza la intención del Gobierno pero solo a rentas menores de 100.000 euros al año

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El Servei Català de la Salut (CatSalut) garantizará el derecho a las prestaciones sanitarias públicas a los ciudadanos de Catalunya que hayan residido más de 90 días en el extranjero y que retornen a Catalunya, siempre y cuando no tengan rentas superiores a 100.000 euros.

Las disposiciones de acompañamiento de los presupuestos generales del Estado, que entraron en vigor el pasado día 1, establece como requisito para tener derecho a la asistencia sanitaria el que las personas que hayan agotado la prestación o el subsidio por desempleo residan en España o no estén más de 90 días fuera del país.

Según ha informado hoy el Departamento de Salud de la Generalitat, el CatSalut mantendrá la asistencia sanitaria pública a las personas que estén más de tres meses en el extranjero mientras sigan empadronadas en Catalunya o desde el momento en que se empadronen nuevamente en su regreso, únicamente con el límite de que no tengan rentas superiores a 100.000 euros .

La Generalitat entiende que "el concepto básico para disfrutar de la cobertura asistencial del sistema sanitario público es el empadronamiento en Catalunya, por lo tanto a estos ciudadanos, en el marco normativo vigente, en el momento de decidir empadronarse en Catalunya se les facilitará la tarjeta sanitaria individual, para que accedan a la cartera común de servicios sanitarios públicos".

El Departamento de Salud ha recordado que la cobertura asistencial bajo el amparo de los reglamentos comunitarios o de convenios específicos con otros países es responsabilidad exclusiva del INSS y que la Generalitat considera que el acceso a la asistencia sanitaria "es un derecho universal, vinculado a las necesidades asistenciales de las personas".