JUICIO

Cárcel para un neonazi por insultar y pegar a dos mujeres marroquís en un bus de Terrassa

El procesado, condenado a un año, ni siquiera acudió al juicio

Mujeres musulmanas caminan por una calle de Salt.

Mujeres musulmanas caminan por una calle de Salt.

J. G. ALBALAT / BARCELONA

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Un juez de Terrassa ha condenado a un año de prisión a un neonazi por agredir y proferir insultos racistas dos jóvenes marroquís a las que se encontró en el autobús, ante las que esgrimió una navaja con una inscripción de las SS alemanas. 

En su sentencia, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Terrassa condena por un delito contra la integridad moral al neonazi, que ni siquiera acudió a su propio juicio -que se pudo celebrar en su ausencia, al no exponerse a más de dos años de cárcel-, y le impone el pago de una multa de 350 euros por una falta de lesiones a las dos víctimas.

La sentencia, que aplica a la condena la atenuante de dilaciones indebidas porque la causa permaneció un tiempo paralizada, obliga también al procesado a indemnizar con 180 euros a una de las dos mujeres, que sufrió policontusiones a consecuencia de los puñetazos que le propinó el procesado.

Según la sentencia, el acusado, que iba vestido de paramilitar, se encontró con las dos mujeres cuando viajaba en un autobús de la línea 3 de Terrassa la noche del 8 de febrero del 2013 y, "movido por el odio, desprecio y hostilidad" que sentía hacia ellas "por motivos raciales", les empezó a propinar puñetazos al tiempo que las insultaba con expresiones como "qué asco de moras, que se vayan a su puto país".

HUYERON

Ante el incidente, el conductor del autobús paró el vehículo y pidió que bajaran del mismo a las víctimas y al acusado, que una vez en la calle esgrimió una navaja con una inscripción de las escuadras nacionalsocialistas de las SS ante las dos jóvenes, que optaron por huir del lugar.

A consecuencia de la agresión, una de las mujeres sufrió contusiones en varias partes del cuerpo, entre en ellas en la rodilla y la región frontal izquierda, aunque la escasa envergadura de las heridas sufridas impide condenar al procesado por delito de lesiones.

La Policía Local de Terrassa interceptó al acusado, poco después de la agresión, y este admitió que había participado en una pelea con las dos mujeres, a las que había apartado de un empujón porque pensaba que iban a pegar a su madre y a su novia.

La sentencia prohíbe también al procesado acercarse a menos de 300 metros del domicilio de las víctimas, su puesto de trabajo o cualquier lugar en el que se encuentren durante dos años.