LA RESPONSABILIDAD JUDICIAL DE LOS MENORES DE EDAD

Aval jurídico pleno a la inmunidad penal de los niños

Velas, flores y textos de recuerdo, en la fachada del Joan Fuster.

Velas, flores y textos de recuerdo, en la fachada del Joan Fuster.

J. G. ALBALAT / BARCELONA

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La fiscala general del EstadoConsuelo Madrigal, y numerosos juristas consultados por ELPERIÓDICO avalan sin fisuras la actual legislación del menor, que exonera de responsabilidad penal a los menores de 14 años. Solo algunos abogados precisan que podría modificarse algún aspecto de la normativa actual, en el sentido que debería ser un juez y no la Administración autonómica, como es el caso, quien se encargue de valorar la situación del niño que haya cometido un delito. Todos ellos apoyan que el principal objetivo es que los menores asuman lo que han hecho y trabajar con ellos, desde el punto de vista educativo y psicológico, para que no vuelvan a repetirlo. El castigo, como tal, no es la solución.

La polémica sobre la posibilidad de rebajar la edad penal se ha reabierto a raíz de la muerte del profesor del instituto Joan Fuster a manos de un alumno de 13 años. El lunes, el niño, tras entrar en el colegio con una ballesta, un cuchillo de monte, un pico de montaña y un cóctel molotov, mató al docente e hirió a una profesora y a varios alumnos. La consellera d'Ensenyament, Irene Rigau, aseguró ayer que el estudiante «podría estar dos o tres años bajo atención continuada» de la Direcció General d'Atenció a la Infància, dependiendo del dictamen que se realice.

Sectores conservadores de la sociedad, como suele pasar en casos de delitos graves cometidos por menores inimputables, han vuelto a reclamar una modificación de la ley para rebajar la edad penal, como se hizo en su día en Inglaterra. En ese país la responsabilidad penal se bajó a los 10 años a raíz del caso ocurrido en 1993, cuando los niños A y B (ambos de 10 años) raptaron, torturaron y asesinaron a un pequeño de dos.

La fiscala general del Estado, Consuelo Madrigal, que se encontraba este marte en Barcelona, se mostró frontalmente en contra de la posibilidad de rebajar la edad penal en España. «Es una decisión del legislador, pero el Comitè de los Derechos del Niño de la ONU anima a todos los estados a que eleven sus edades de responsabilidad penal y, a los que ya la tienen en 14 años, a que no la rebajen». Madrigal ve «positivas» estas recomendaciones, pero eso no significa que no se deban tomar medidas en el ámbito de protección jurídica de los menores. Aludió a que el hecho de que no se deba rebajar la edad penal no excluye que se hagan «reflexiones» en ámbitos como el sanitario o el educativo.

La prevención

La abogada Maria Pascual, del despacho González Franco, sostiene que «el interés del menor es el que debe regir la legislación penal» y que un caso concreto y aislado no debe motivar «revisiones». A su entender, «en el ámbito de los menores, el objetivo debe ser la prevención, en lugar del castigo». Y resalta que las medidas que deben adoptarse en casos como el del instituto Joan Fuster «deben orientarse al ámbito educativo, no solo en la escuela sino, en especial, en su entorno inmediato, su familia».

La letrada destaca que «en el seno más íntimo de la familia es donde hay que estar alerta con los comportamientos de los hijos, preocuparse por cómo se sienten, acompañarles en el acceso a la información, ver con quién van y qué hacen. Es en este ámbito, el de la terapia familiar, en el que debe focalizarse la reeducación del menor a través de un trabajo de mediación y reparación psicológica. Ámbitos, todos estos, en los que el derecho penal no tiene cabida ni sentido».

En sentido similar se expresa Xavier Puigdollers, presidente de la sección de infancia y adolescencia del Col.legi d'Advocats de Barcelona. «Estamos hablando de un niño. La ley le reconoce como un menor de edad porque se está formando; está creciendo. Hasta los 14 años no tienen responsabilidad penal por falta de madurez. Debe mantenerse ese límite», sentencia. El niño debe estar protegido. «¿Se hace todo lo posible? ¿Nadie había escuchado al alumno del Joan Fuster? ¿Las escuelas tienen los medios necesarios? ¿La familia el tiene tiempo para atender a sus hijos? Rebajar la edad penal no es la solución, sino la reeducación para que asimile el mal causado».

Un juez

La abogada Leire López, del despacho Vosseler, opina que la edad penal no debe tocarse, pero que no es la Administración quien debe evaluar la situación del niño que comete una infracción penal, sino un juez, pues este podría decretar el internamiento del niño en un centro de acogida de menores para aplicar medidas «efectivas de tratamiento». La Administración, agrega, no puede privar de libertad a un niño, solo darle tratamiento terapéuticos y psicológico. Pero en casos graves, deberían aplicarse también «medidas de seguridad», como el internamiento, afirma la letrada.